Mercancías que puedo transportar con una fiat scudo, ¿Qué no es isotérmica?

Trabajo en una mensajería y me gustaría saber, si podemos transportar, sangre, tejidos, muestras de forense, alimentos perecederos y documentación denominada custodia, sin la supervision de un funcionario..

Respuesta

Podrás transportar todas esas mercancías si van bien embaladas con sus correspondientes medidas de conservación, salvo aquellas mercancías que por su naturaleza necesites carne de adr (mercancías peligrosas, sangre y material medico contaminados) y los perecederos al no tener equipo de frío no se podrán transportar ya que podrían perder la cadena de frio

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Respuesta

Parece claro que sí, todo en el sector del transporte de mercancías por carretera que incumpla algún requisito relativo al tipo de mercancía, al tipo de vehículo, a las normas de circulación vial, a las medidas de seguridad y al contrato de transporte, es susceptible de ser supervisado. Y por supuesto sancionado si se comete alguna infracción.

Vamos por partes, ya que los tipos de mercancías que señalas pueden estar incluidas en el cumplimiento de la normativa de mercancía perecedera por un lado, y de mercancías peligrosas por otro. Se considera transporte especial, por tanto durante el ejercicio del servicio de transporte por carretera es susceptible de ser verificado o inspeccionado para evaluar su conformidad: guardia civil de tráfico, policía nacional o municipal, aduana, gabinete de seguridad de unas instalaciones privadas, control de calidad de un centro de distribución o plataforma logística...

MERCANCÍAS PERECEDERAS - Regulado en el Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre los vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP)

Si la mercancía perecedera tiene que ser transportada teniendo en cuenta un control de temperatura durante su transporte, entonces no puedes realizar el servicio porque no dispones de una unidad de transporte que garantice esas condiciones de temperatura: isotermo, refrigerante, frigorífico o calorífico.

¿Quién sabe esto?, el fabricante o el distribuidor. Por tanto, tendrán que contratar servicios de transporte que garanticen dichas condiciones de temperatura, las cuales están asociados con el cumplimientopor ellos, a su vez, de la normativa de seguridad y calidad alimentaria.

La mercancía perecedera que no debe llevar ningún tipo de control de temperatura, no estás obligado a cumplir con la normativa aludida. Sin embargo, no se trataría de productos para su venta (distribución), sino de productos para su destrucción (camión o furgón de la basura)

MERCANCÍAS PELIGROSAS - ADR - Acuerdo europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.

La siguiente es la CLASE de mercancía peligrosa que clasifica los tipos de mercancías que señalas:

Materias infecciosas

  • Materias de las que se sabe o se cree que contienen agentes patógenos, es decir, microorganismos (bacterias, virus, priones) que pueden provocar enfermedades a los animales o a los seres humanos. Ej. Muestras de diagnóstico o ensayo.
  • Productos biológicos, productos derivados de organismos vivos que requieran de tratamiento especial para su transporte, Ej. material destinado a la confección de vacunas para seres humanos o animales.
  • Cultivos, de laboratorio para el estudio de enfermedades humanas o animales.
  • Especímenes de pacientes: Materiales animales o humanos extraídos de pacientes. Ej secreciones, excrementos, sangre o tejidos celulares.
  • Microorganismos genéticamente modificados: cualquier organismo que ha sido modificado mediante ingeniería genética que no se produce de forma natural.
  • Desechos médicos o clínicos: material descartable de la práctica clínica en humanos o animales o bien de investigación biológica.

Sin la obligación de cumplir con el ADR, debes consultar: Exenciones relacionadas con disposiciones especiales o con mercancías peligrosas embaladas en cantidades limitadas o en cantidades exceptuadas.

Las cuales están contempladas en el mismo ADR, por tanto se legitima no cumplir ADR.

Custodia de documentación

No se considera un transporte especial. Lo que existe en estos casos es el de proporcionar servicios de transporte especializados adecuándolos a las disposiciones mínimas de Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), por su valor añadido y por las medidas de seguridad que implementan tanto en el medio de transporte, como para los chóferes y auxiliares como para todo el proceso de trabajo completo: relación contractual, embalaje, identificación, trazabilidad, recogida, tránsito, entrega, registros y documentos afines, y sistema de resolución de conflictos e incidencias.

¡Gracias! Se. Félix

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