Impuesto de transmisiones y acto jurídico documentado de extinción de condominio exento si o no
Quisiera me aclarase una duda estoy ejecutando una extinción de condominio sobre una propiedad la cual me quedo yo al 100% la otra parte me cede por un precio simbólico de 500€ su parte y yo me hago cargo de la hipoteca durante un periodo de un año hasta quitar a ella y a la avalista de la escritura de hipoteca si no volvería ella a ser propietaria de su 50% de nuevo .
Hemos realizado en notaría la documentación y en la cual pone que queda exento del pago del impuesto de transmisiones y acto jurídico documentado.
Hasta hay todo bien pero ahora en la gestoría me dicen que no está exento que estoy obligado a pagar.
Mi pregunta es esa cuál de los dos lleva la razón pues no quisiera encontrarme al cabo del tiempo con la desagradable sorpresa de tener que pagar y a lo mejor con la consiguiente sanción.
Todo este tramite se ha realizado en Sevilla capital
Muchas gracias por vuestra atención y le rogaría me lo contestarán a la mayor brevedad.