Reclamación a Endesa por facturación sobreestimada

Soy Vecino de una comunidad de propietarios de garajes. El contrato de la luz esta en vigor desde 2008, desde septiembre de 2011 se nos empezó a cobrar mensualmente facturas con lectura estimada, tras muchas reclamaciones, desde octubre de 2014 se vuelve a facturar con lecturas reales. Unos días antes de que empezara a facturarse correctamente fui testigo accidentalmente de como una subcontrata de endesa retiraba el contador y colocaba uno nuevo diciéndome el técnico extraoficialmente que el contador estaba averiado, indicar que este siempre ha estado visible en la vía pública. Endesa nunca nos ha respondido oficialmente ni nos ha dado ninguna explicación salvo una carta de disculpa al poco de empezar a facturarse correctamente. Como la diferencia entre las facturas nuevas y lo que nos estuvieron facturando de forma sobreestimada era muy grande pusimos el caso en manos de una abogada que calculó, simplemente haciendo una media de las facturas de los casi tres años facturados irregularmente y los 6 meses a partir de octubre de 2014 con facturación correcta, un desfase de unos 9000€.

Tras las gestiones de la abogada se han dignado a respondernos justificando un desfase a nuestro favor de 1200€.

La pregunta es referente a la forma en la que se ha de realizar el calculo de este ajuste que tenemos que hacer teniendo en cuenta que no existen datos del contador anterior al haberlo retirado. En la factura de regularización de octubre de 14 consideran la lectura estimada de la factura anterior como lectura real del nuevo periodo.

Nosotros hemos hecho una media de las facturas estimadas y una media de las 6 facturar siguientes a la corrección de la anomalía y la diferencia la hemos multiplicado por los meses con lecturas estimadas.

Ellos han estimado un consumo medio de Kwh por día en el periodo antes de la anomalía y un consumo medio diario en el periodo posterior a haber corregido la anomalía. Luego han hecho la media aritmética de estos dos valores y con ese valor han calculado el coste del consumo durante el periodo de la anomalia y lo han multiplicado por los días durante la anomalía. No se cual es el precio del Kwh que consideran en este periodo. Tampoco parece que tengan en cuenta el ajuste del coste del impuesto de la electricidad que es sobre la potencia y sobre el consumo también y tampoco se si en esos 1200 han tenido en cuenta el 21% de iva.

Me gustaría que me orientaran sobre ¿Cuál sería la forma de realizar el cálculo del ajuste de la facturación en estas circunstancias?

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Lo que ocurre es que vuestra abogada calcula sobre el total de la factura, y Endesa sobre el total del consumo, si tienes en cuenta que el 70% del total de la factura son impuestos, cuadran los números de unos y otros.

Endesa parte de la base de que la mayor parte de los impuestos fijos los hubieras tenido que abonar de todos modos, a excepción de los ligados al consumo, así pues, si a los 9000 le restas el 70% te quedan 2700, y a esto seguramente abría que restarle el peaje de intereses de demora que abra aplicado la abogada.. unos 1500... mas o menos cuadra, pero es un tema complicado. Si tu abogada lo tiene claro no tendréis problema. Endesa será como será, pero si documentas un error, te lo abonan sin problema...

Suerte.

Hola 

Gracias por la respuesta tan rápida, la primera parte de la respuesta me la imaginaba y entiendo que es asi, gran parte de la factura son términos fijos. Pero, ¿esta bien que tomen como consumo medio diario la media entre los consumos medios diarios antes y después de la anomalía? ¿Que coste del Kwh habrán considerado, pues el periodo es largo y el precio seguro que ha variado?, no han considerado los impuestos que afectan al consumo que obviamente hemos pagado en exceso.

Suponiendo con "números bastos los del 70% de costes fijos en la factura, lo que no entiendo es lo que es el peaje de intereses de demora, esos 1500€ que se nos restan del ajuste, ¿de que se trata?

Saludos y gracias

Ahí ya te tiene que ayudar un letrado, porque el termino "peaje de intereses de demora" no tienen porqué aplicarse en tu caso, ya que en vuestro caso particular no procede.

El peaje de interés de demora se aplica exclusivamente a la reclamación de facturas inpagadas después de reiterados avisos y comunicaciones, que no es vuestro caso.

Aclarar este punto con vuestra letrada y con Endesa, seguramente debe ser un error o un traspapeleo de alguien de facturación.

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