¿Es obligatorio tasar para enervar hipoteca?
Hace poco cambié la hipoteca de banco y, no me tuvieron que tasar la casa para haver la enervación. Me dijeron que hacía menos de dos años desde que la hipotequé y, que por eso no era necesario. El banco nuevo pagó todos los gastos por la enervación.
Me indicaron que, si hubiera que tasar, habría que pagar de nuevo el IAJ, Registro, etc... El importe de la hipoteca era menor que el de la hipoteca original... Es decir, no aumenté capital, simplemente seguí pagando en otro banco.
Ahora tengo la oportunidad de hacerlo de nuevo con otro banco pero, este me indica que tendría que tasar si o si pero, he leido en Internet opiniones contradictorias sobre el asunto... Algunos dicen que al no ser el importe superior al anterior, en ningún caso hay que retasar, etc...
Alguien que esté seguro de cómo es y, ¿de qué artículo sostiene esto?