Entrega de documento vinculante descriptivo de calidades en compraventa de vivienda en construcción

En un proceso de compraventa de una casa en construcción, qué obligación tiene la constructora de entregar un documento descriptivo de las calidades, como por ejemplo la memoria descripctiva, que sea vinculante al contrato.

Los planos los entregan pero en el plano no queda reflajado el tipo y calidad del producto que se coloca.

Podemos hablar o inetrcambiar muchos emails al respecto, ¿pero se puede obligar a la constructora que eso quede reflejado en algún documento vinculante?

1 respuesta

Respuesta

Yo no tendría dudas. Sin una memoria de calidades firmada por el promotor, yo no me fiaría.

Un proyecto, por ley, no puede definir marcas comerciales en sus acabados. Para poner un ejemplo.

Un proyecto dice: Grifería de acero inoxidable.

Pues dentro de ese capítulo puede haber grifería por ejemplo Grohe, que puede costar sobre 150€ un monomando y que es primerísima calidad y grifería de marca blanca de Leroy Merlin por unos 20 €.

Obviamente, la calidad no es la misma.

El vendedor debería de ponerte con claridad en un documento la relación de las calidades que va a emplear en los acabados. Y con marca comercial.

No es igual un gres de los que se fabrican en la zona de Alicante, que los que se importan de China.

No es igual un retrete o un lavabo, Roca o Buadés o uno de estas marcas exóticas-asiaticas que ahora llenan los centros comerciales.

Ocurre lo mismo con la puertas, donde hay excelentes fábricas en Toledo o Galicia (Como PortasDeza) y luego un montón de puertas que no se sabe de donde aparecen.

Así podría seguir con todo.

Yo no admito esto de "acabados primera calidad". Estoy cansado de que absolutamente todos los promotores digan lo mismo.

La calidad de los acabados se demuestra con una relación clara de materiales a emplear con su marca comercial, para que se pueda consultar y dentro de la misma marca, la calidad del producto que va a usar.

Así no hay trampa ni cartón.

Muchísimas gracias Emilio!  Tu respuesta me ha sido de gran ayuda. 

No obstante hay alguna ley o artículo que les obligue a entregar ese documento detallado?,  porque por el momento se niegan,  solo nos han entregado la memoria de calidades muy genérica y con bastantes lagunas. 

Gracias  nuevamente. 

Te hablo un poco de memoria, pero creo que la ley de consumo dice con claridad que es un derecho del comprador tener una memoria de calidades clara y concisa.

Yo siempre pongo el ejemplo del coche.

Cuando uno va a comprar un coche, se escoge un acabado, una potencia de motor y luego una serie de extras. Toda esa relación de elementos que forman el vehículo vienen claramente detallados. No creo que nadie salga de un concesionario con un coche con "tapacubos" si pidió llantas de aleación.

Eso creo que lo tenemos todos clarísimo. Pues un vehículo cuesta una décima parte de lo que supone la inversión en una vivienda

Quizás poniendose un poco serio y diciendo al promotor que si no te entrega la memora vas a ir a consumo a hacer una consulta y una reclamación, entre en razón y te entregue un documento claro que diga de verdad lo que te va a vender.

Mi consejo es que no aceptes "tapacubos" por llantas de aleación.

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