¿ Puedo cambiar de banco teniendo un préstamo personal y debiendo una tarjeta de crédito a otro banco ?

Me gustaría saber si puedo cambiar nómina y cerrar la cuenta teniendo en Santander como es mi caso, un crédito personal, una tarjeta de crédito la cual realizo los pagos del dinero gastado de esa tarjeta y no sé si también me repercute que tenga un préstamo de coche pero no con Santander sino con Santander Consumer que es una financiera. Sería pasar todos esos recibos a mi nuevo banco. ¿Es posible?

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Puedes abrir cuenta en otro banco y domiciliar la nómina en él, pero no podrás cancelar la cuenta que tienes en el Banco Santander donde te cargan el préstamo, ya que esta cuenta es la que estávinculada al préstamo personal y tarjeta y con ello el pago de las cuotas. También tienes que tener en cuenta si el préstamo personal tiene como vinculación tener la nómina domiciliada en el banco que te lo concedió; de ser así y si quitas la nómina, pueden subirte las cutoas del préstamo.

Espero haber resulto tu duda, si algo no lo tienes claro, no dude en preguntarme de nuevo.

Sí te pido por favor que valores mi respuesta para así poder seguir contestando dudas de otros usuarios. Muchas gracias. Un saludo.

Pedro.

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www.xercomus.com

Respuesta

Bien, en primer lugar un saludo y gracias por el servicio prestado a los que las "reglas" de los bancos nos sobrepasan. Al hilo de lo mencionado por el usuario anterior, tengo un prestamo contratado con una entidad bancaria (Santander) que me exigía como requisito indispensable domiciliar la nómina en dicha entidad para hacer la gestión sin ningún problema, además de eso, en mi caso no necesitaba ningún aval. En dicho contrato de domiciliación de nómina, se refleja que estaba exento de comisiones por hacer la domiciliación de mi nomina al banco en cuestión. Bien, esto sucedió en 2011, a los pocos meses comenzaron a cobrarme pequeñas comisiones que en un principio no tenía que pagar (emisión del conjunto de tarjetas, altas comisiones por saldo negativo, etc...). Más tarde se me empezó a cobrar cualquier tipo de comisión que se pueda imaginar dentro de los servicios en los que el banco intervenía (10€ por añadir concepto a una transferencia, 40€ si pagaba la cuota del producto contratado en el mismo día de vencimiento, más intereses si el retraso era mayor, lo cual es ilegal según el BSE, si no tengo mal entendido, pequeñas cantidades 7/8 € por conceptos que no quedaban claros a que pertenecían...) Después de 8 años de paciencia debido a un accidente laboral he pasado a situación de pensionista, y debido a las secuelas de dicho accidente (necesito silla de ruedas para deambular) cambié mi nómina a otro Banco que además de no cobrar ninguna comisión siendo cliente (mi esposa es cliente y no ha pagado ni una comisión) decidí cambiar mi nómina a dicho banco, que además al ser funcionario es el que se encarga de gestionar mi nómina a través de la pagaduría del Ministerio correspondiente, y me permite gestionar cualquier tipo de operación desde la app sin tener que moverme de casa, cosa que no me permite la app del Santander. Mi intención era ingresar todos los meses antes de la fecha del cobro de la cuota al banco con quién mantengo el producto contratado. Cual es mi sorpresa que después de haber incumplido ese banco durante casi 8 años sus condiciones hacia mí como cliente, contactan conmigo para que vuelva a ingresar mi nómina integra de nuevo o emprenderán acciones legales contra mí por una deuda de importe nominal. La pregunta es obvia, ¿tienen derecho aunque aparezca en el contrato de la prestación proporcionada aunque ellos no me hayan tratado como un cliente en 8 años? No tengo derecho al ser pensionista que banco quiero que gestione mi nómina, ¿máxime cuándo dicho banco es quién gestiona las nóminas del ministerio al que pertenezco?

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