Reparto de bienes e impuesto de sucesiones

Estoy echando vistazo al impuesto de sucesiones, modelo 660, y tengo una duda. ¿Hay qué consignar el reparto de bienes que se efectúa en el testamento? ¿O sólo el importe monetario que corresponde a los herederos? Se trata de una sucesión abintestato en la que se va a proceder a repartir los bienes entre los herederos otorgándose a uno un inmueble urbano + dinero, a otro 2 fincas rústicas + dinero, y a los otros 4 dinero... Obviamente todos obtienen un valor igual bien en metálico bien en bienes y metálico. Y al probar el impuesto... No veo opción para consignar ese reparto, sino que sale el reparto a partes iguales del valor de todos los bienes y cuentas bancarias.

No sé si me he explicado bien...

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