¿Puedo exigir a una clínica dental el responsabilizarse a largo plazo del daño producido en un diente con una ortodoncia?

Me dirijo a ustedes para intentar solventar unas dudas que tengo respecto a un tratamiento de ortodoncia que se me está realizando desde hace dos años y que, estando próximo a su finalización, ha sufrido un vuelco por lo que creemos es un error o negligencia por parte del personal de la clínica que me está tratando.

Hace unos días (el 19 de Marzo), al levantarme por la mañana, me percaté de que el incisivo superior derecho (una pala, como se conoce normalmente) presentaba una coloración distinta al resto de dientes, grisáceo-rosado. En los días anteriores yo había notado una especial sensibilidad en la pieza, pero lo asumí como algo normal que formaba parte del tratamiento (conviene decir que soy una persona joven de 33 años). Asimismo, en la última visita a la ortodentista (9 de Marzo), ya le avisé que aquel diente me dolía más de lo normal y que notaba un cierto movimiento, lo cual no fue considerado como un hecho de especial importancia. Dado que la doctora se iba de vacaciones acordamos la retirada de la ortodoncia el día 30 de Marzo para que no se descolocaran los dientes y así, una vez retirada, hacer la contención de dormir. Lo que sí me colocó fue la contención fija de arriba. El lunes 21 de Marzo acudí a la clínica a primera hora de la mañana, y se observó tras la pertinente radiografía y prueba de vitalidad, que el nervio había sufrido una necrosis debido al exceso de presión de la ortodoncia. Rápidamente se procedió a retirar la misma y posteriormente se me va a realizar un endodoncia en el mencionado diente y un blanqueamiento interno. Todo el gasto que ello conlleve, puesto que es debido a una mala praxis, será asumido por la clínica, como es lógico.

No obstante, nadie me avisó en ningún momento del tratamiento que se podía correr el riesgo de dañar algún diente durante el mismo. Tampoco se me comunicó la necesidad de acudir a la clínica con la máxima brevedad posible si notaba una sensibilidad excesiva en algún diente.

Con ello, ahora se me presentan las siguientes dudas:

-A corto plazo, es de suponer que la clínica ha de realizar todas las acciones pertinentes para que yo quede satisfecho con el resultado, tanto a nivel estético como funcional.

-A medio y largo plazo ¿tengo derecho a que la clínica se responsabilice de cualquier anomalía que se me presente en la pieza en cuestión debido a la negligencia? Mi objetivo es que me certifiquen por escrito esta circunstancia o que me lo garanticen de alguna manera, ya sea por la necesidad de un nuevo blanqueamiento a nivel estético, colocación de funda o, en el peor de los casos, la necesidad de poner un implante por pérdida de la pieza, a consecuencia de una posible anomalía en la funcionalidad derivada del daño que me han causado, provocándome el tener un diente no vital, lo que afecta a la salud del diente de por vida.

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Sí, lo primero debería intentar llegar a un acuerdo con la Clínica; no está tan claro que le den por escrito que se responsabilizan a largo plazo... el problema de estos casos está en demostrar que realmente ha sido una mala práxis sujeta a indemnización, y cuando más largo sea el plazo, más difícil de demostrar.

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Tendría derecho a pedirle responsabilidades, si realmente el mal sobrevenido ha sido debido a su deficiente trabajo o una mala praxis en su actividad.

La clínica como el propio dentista están obligados a tener contratado un seguro de responsabilidad civil, por la actividad que realizan, para responder, en su caso, de las negligencias en su actividad.

Un dentista es un profesional sanitario sujeto a la Ley General de Sanidad y tiene la obligación de responder por sus actos como cualquier otro profesional sanitario.

Los productos sanitarios, prótesis, elementos de ortodoncia o cualquier otro tipo de aparato tienen dos años de Garantía, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (Responde el Laboratio que los fabrica)

Las garantías de los servicios por regla general, están entre los 3 y los 12 meses, según el tipo de tratamiento odontológico y siempre que siga las instrucciones que le indiquen después de finalizado el mismo.

Primero hable con la Clínica.

Si no quieren hacerse cargo, comuníquele que va a ponerlo en conocimiento del Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la Región, así como va a presentar una reclamación en la Oficina municipal de consumo o en la Dirección General de Consumo (C/ General Díaz Porlier, 35. 28001 Madrid. Tel: 012, 91 310 59 03 / 04), solicitando un arbitraje aún cuando no esté adherida la clínica a dicho sistema de arbitraje. En último extremo tendría que presentar una demanda judicial contra la clínica, pero tendría que valorar si le merece la pena por lo que puede resultarle de honorarios de abogados.

Haber si hay suerte y se hace cargo la clínica o en su defecto Consumo, que todavía sigue siendo gratis el procedimiento.

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