EL FINIQUITO:
Es el documento que firman ambas partes (la empresa y el trabajador) con el que ponen fin a la relación laboral que les unía.
Tenemos que tener en cuenta que EL FINIQUITO SE COBRA SIEMPRE, sean cuales sean los motivos por los que un trabajador deja la empresa, ya sea porque se da de baja voluntaria, es despedido o se le ha finalizado el contrato.
Por tanto, la empresa SIEMPRE LE TIENE QUE PAGAR LA PARTE PROPORCIONAL QUE LE CORRESPONDA de las pagas extras, le tienen que pagar atrasos o nóminas que le puedan deber, incluir los días de ese mes, si no se los han pagado y deben liquidar los días de vacaciones que no se hayan disfrutado hasta el momento de la extinción del contrato.
Pero cuidado, cuando firmemos el finiquito, para poder reclamar a la empresa, caso de que el mismo esté mal realizado o no estemos 100% seguros de todos los conceptos que aparecen, y ante cualquier duda, LO MEJOR ES FIRMAR, PONIENDO NO CONFORME, junto a la fecha que se ha producido la firma.
Si así lo hacemos, tendremos un PLAZO DE UN AÑO PARA RECLAMAR EL FINIQUITO, CASO DE QUE ESTE NO FUERA CORRECTO.
Al firmar NO CONFORME estamos expresando: ‘Firmo este documento, pero solo a efecto de recibí, sin embargo, me reservo el derecho a examinarla con tranquilidad’.
Evidentemente para no tener que enunciar esta frase tan larga en el derecho laboral, se acepta poner No conforme.
Si hemos escrito No conforme con nuestra firma, el siguiente paso sería presentar una Papeleta de Conciliación para que, de esta manera, la Administración pueda convocar a la empresa y al trabajador y mirar de llegar a un acuerdo por ambas partes.
EL DESPIDO:
Además deberá tenerse en cuenta que si la causa del cese en la empresa es UN DESPIDO, deberá obrarse de la misma forma, es decir firmar con NO CONFORME, por si el mismo fuera IMPROCEDENTE.
Si firmamos con NO CONFORME, tendremos un PLAZO DE 20 DÍAS HÁBILES (no computables festivos y domingos), para reclamar si el DESPIDO ES IMPROCEDENTE.
Si ello fuera así la empresa tendría que INDEMNIZAR al trabajador (la indemnización es aparte del finiquito).
Lo más probable es que no se llegue a un acuerdo y entonces se abrirá un proceso por la vía judicial donde un juzgado discernirá a quién otorgar la razón en referencia al despido, si al empleado o a la empresa.
Una vez firmado el finiquito y el despido en la forma indicada “NO CONFORME”, deberá someterlo a estudio por un abogado laboralista para que estudie si el FINIQUITO Y EL DESPIDO se ajustan a derecho Y RECLAMAR EN SU CASO.