Declarar pérdida no patrimonial en Crowdlending en Renta
Tengo algo de dinero metido en una plataforma de Crowdlending (Comunitae).
Según los datos fiscales de 2015 de la plataforma, tengo unas pérdidas no patrimoniales mayores que los ingresos que he tenido.
Para este ejercicio no me supone diferencia en el resultado final el declarar las pérdidas. ¿Me podrían decir si puedo declarar estas pérdidas en el ejercicio siguiente de la Renta (2016) y no rellenar la casilla 267 en el ejercicio actual (2015)? ¿O cómo lo tendría que hacer para compensar esas pérdidas en el ejercicio siguiente?