Deducibilidad fiscal de determinados gastos marketing

Les quería hacer una consulta referente a una agencia de viajes comisionista, que recién se ha creado. El modelo de negocio de esta agencia de viajes es conseguir alumnos para academias de Inglaterra, es decir, el cliente es la academia y la agencia de viajes cobra un 15% de comisión de lo que factura ésta a los alumnos.

Mi pregunta es si la agencia de viajes comisionista decide dar a los alumnos un 5% de la comisión, entiéndase hacerles una transferencia a los alumnos, ¿este gasto es deducible fiscalmente?

No sé si me he explicado correctamente, lo que vengo a decir es que la agencia de viajes comisionista a la práctica renuncia a un 5% de comisión y en lugar de tener un 15% de comisión tiene un 10% de comisión. ¿Ésta promoción que hace a los alumnos entregándoles un 5% de la comisión por transferencia se puede entender como gastos de marketing? ¿Son deducibles fiscalmente estos gastos o son una liberalidad? Entiendo que no puede considerarse una menor venta ya que el cliente es la academia y no los alumnos, y a la academia se le factura por el 15% de comisión.

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Si que es deducible.

¿Documentalmente como se plasma la promoción del 5%? Entiendo que no se le puede hacer ninguna factura a los alumnos ya que no son ni clientes ni proveedores y que no puede ser menor ventas pues los clientes son las academias. 

Todo gasto debe tener su soporte documental para ser deducible fiscalmente.

x€ Gastos de publicidad a

                                            bancos x€

Si de acuerdo esto se puede contabilizar como gastos de marketing, pero no los puedo contabilizar sino tengo algún documento. Que documento necesito como soporte?

Hay que emitir algún recibo que ha de firmar el alumno? O que hay que hacer?

Gracias por su atención

Todo gasto únicamente es fiscalmente deducible si se dispone de un documento que lo pruebe. Si me dice que el gasto es deducible pero no me dice con que documento se puede probar es como si no me dijera nada.

Yo aquí no entro todos los días sio tiene prisa puede pagar a un profesional.

Con el justificante de la transferencia es suficiente para justificar el gasto.

Por cierto aunque no lo ha `preguntado se lo digo gratis, los beneficiarios tienen que pagar a hacienda.

Un saludo y ruego valore ya que tiene tiempo de quejarse.

No necesita un recibí del alumno porque tiene el documento bancario, pero si que debe informarle claro.

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