Deducibilidad fiscal de determinados gastos marketing
Les quería hacer una consulta referente a una agencia de viajes comisionista, que recién se ha creado. El modelo de negocio de esta agencia de viajes es conseguir alumnos para academias de Inglaterra, es decir, el cliente es la academia y la agencia de viajes cobra un 15% de comisión de lo que factura ésta a los alumnos.
Mi pregunta es si la agencia de viajes comisionista decide dar a los alumnos un 5% de la comisión, entiéndase hacerles una transferencia a los alumnos, ¿este gasto es deducible fiscalmente?
No sé si me he explicado correctamente, lo que vengo a decir es que la agencia de viajes comisionista a la práctica renuncia a un 5% de comisión y en lugar de tener un 15% de comisión tiene un 10% de comisión. ¿Ésta promoción que hace a los alumnos entregándoles un 5% de la comisión por transferencia se puede entender como gastos de marketing? ¿Son deducibles fiscalmente estos gastos o son una liberalidad? Entiendo que no puede considerarse una menor venta ya que el cliente es la academia y no los alumnos, y a la academia se le factura por el 15% de comisión.