Tributación IVA o ITP en compra de casa demolida
Un banco (empresa) es propietario de un solar urbano. En dicho solar se ubicaba una casa y el promotor embargado la demolió dejando la fachada sin tirar puesto que está protegida por cultura. Ese solar (casa demolida) está a la venta y mi pregunta es que si lo compro ¿cómo tributaré la compra, por IVA o ITP?. En el registro de la propiedad y en el catastro aparece como casa (con valor suelo y con valor construcción). Entiendo que el promotor no se "molestó" en actualizar el catastro después de la demolición. El banco propietario tampoco ha actualizado estos datos.