Duda pagos Seguridad Social y Previsión Social Profesional (complementario RETA)

Hace unos cuantos años me di de alta en el Colegio de Abogados de Madrid y estuve durante un tiempo pagando el plan de previsión social profesional a la mutualidad de la abogacía pero con el tiempo pedi que me cambiarán a un PPA y pago lo mínimo al año, creo que son 70e. Trimestralmente relleno el IVA (303) y el IRPF (130) sin actividad desde que me di de alta en el colegio de Abogados, pero realmente mis ingresos provienen de mi trabajo por cuenta ajena.

¿Realmente cuáles son mis obligaciones fiscales?

Sino tengo actividad por cuenta propia ¿tengo qué hacer alguna aportación a la seguridad social a parte de las que hago como trabajador por cuenta ajena?.

¿Puedo dejar de hacer trimestralmente el IVA y el IRPF y seguir colegiado como ejerciente por si el día de mañana decido buscarme la vida como abogado?

Me preocupa estar cometiendo alguna irregularidad fiscal sin saberlo y que me caiga una buena multa, a ver si me podéis echar una mano.

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