Sociedades:
Una persona que tiene el título de competencia profesional puede capacitar una sociedad de una de las siguientes formas:
• Estar contratada como directivo en la empresa (grupo 1 o 2 de la Seg. Social)
o
• Teniendo un mínimo del 15% del capital de la empresa
Y en ambos casos, mediante escritura notarial, tener poderes generales otorgados a su favor, debidamente registrada, en la que conste expresamente la capacidad de disposición de fondos sobre las principales cuentas bancarias.
Saliendose del supuesto estarían ambos a expensas de sanción.
https://buscadortransportes.com/titulo-de-transportista-competencia-profesional/
Un saludo
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