Duda sobre el tipo impositivo de IVA que debe aplicar la Organizadora y a la vez promotora , de un Congreso cultural.

Tengo una duda con los cambios actuales que hay con el IVA en España. En mi caso, somos una SL que aunque en el desarrollo de nuestra actividad declaramos el 21% de IVA de forma habitual, estamos ahora organizando un Congreso cultural. Y no sólo organizamos, sino también lo promocionamos, es decir, que no se trata de un encargo de un tercero, sino de una organización desinteresada y sin ánimo de lucro, por apoyo al colectivo del que se trata. Mi pregunta es que tipo de IVA deberíamos aplicar.

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