Modelo 720 ahora va por módulos a la hora de calcular topes para tener que declarar o no?
Tenia entendido que para declarar bienes en el extranjero no era necesario si no superaban en SU TOTALIDAD 50 mil euros. Es decir, tienes 20 mil euros en una cuenta y 40 mil en un bien inmueble, suma 60 mil y debes declararlo.
Pero he leido que ha cambiado, que en esta caso va por módulos, cuentas bancarias y bienes inmuebles cuentan por separado, es decir, no debes superar 50 mil euros no en su suma, sino por concepto, por lo que si tienes esos 20 mil en una cuenta, no hay que declararlos, y si tienes el bien inmueble de 40 mil, tampoco, ¿pues cada uno individualmente no llega a los 50 mil. ES eso cierto? ¿Es así como funciona ahora?