Gastos deducibles a los ingresos por alquiler
Antes de alquilar mi piso lo pinté y obtuve la etiqueta energética obligatoria. Eso son gastos deducibles, obviamente (conservación y otros gastos), pero en mi caso fui yo quien pinté el piso y fui yo (con la ayuda de mi suegro) quien me hice la etiqueta (tengo una de las titulaciones requeridas).
Mi pregunta es si puedo deducirme la mano de obra de pintar y el trabajo de obtención de la etiqueta o si sólo puedo deducirme la pintura y la tasa oficial. Y en caso de que sí, cómo evaluarlo (por horas a un determinado precio hora, ¿por presupuestos similares?)