Registro de documentación en Administraciones, ¿Número registro obligatorio?
Cuando se presenta documentación en el registro de una administración pública (en principio creo que aún no tiene registro electrónico) ¿Es obligatorio que además de sellar con el sello del registro una copia de la instancia/documento, etc presentada figure el número de entrada en dicho registro? Hasta ahora siempre ponen el sello de registro, que incluye un espacio para poner el número, pero éste nunca lo rellenan, por lo que tengo la fecha en que registré, pero nunca puedo saber con qué número está registrada mi solicitud. ¿En qué ley podría consultarlo?