Subrogación de empresas de Atención domiciliaria
En el caso de subrogación entre empresas, en este caso de atención domiciliaria, ¿se está obligado a comunicar a los usuarios el cambio?. ¿Si es así, quien debe comunicarlo?
En el caso de subrogación entre empresas, en este caso de atención domiciliaria, ¿se está obligado a comunicar a los usuarios el cambio?. ¿Si es así, quien debe comunicarlo?