Sobretensiones : ¿Cuál es obligatorio por reglamento? ¿Permanentes o transitorias?

Vivo en un piso en la provincia de córdoba (España), actualmente tengo contratada una potencia de 4400 w, mediante telegestion. La vivienda se construyo en el 2001, por lo que no era obligatorio por reglamento instalar sobretensiones. Desde que me hicieron el cambio de contador, el hueco del ICP quedo vacío y es así donde quiero instalarlo, pero no me decido a hacerlo hasta resolver antes unas dudas.

Alguien me puede decir ¿cuál debo de instalar el permanentes, el transitorias o ambos a la vez?.

Como ya he dicho tengo 4400w contratados que corresponde a un amperaje de 20 A, ¿qué amperaje debería tener el protector? El mismo o 25A que es la potencia admisible en instalación por boletín.

Y por ultimo si alguien me puede decir también si cogería en el hueco del ICP. Gracias y saludos para la comunidad

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No tienes IGA. ¿Quién fue el que te lo quito? Es un fallo grave.

El sobretensiones permanente se suele montar cuando la red es aérea, el de transitorios en zonas propensas a rayos y tormentas.

¡Gracias! 

Pues fueron los de la compañía suministradora, antes tenia el ICP en el hueco, solicite una tarifa con discriminación horaria y aprovecharon para cambiar el contador y se lo llevaron. Muchas gracias por la información, creo que optare por poner el que me ha indicado JS BP y así dejo el cuadro correctamente protegido.

Si te quitan el ICP hay que poner un IGA. Para dejarlo así mejor hubieran dejado el ICP.

Tal como esta no hay nada que límite la potencia en la instalación, si en un momento dado la potencia conectada superase la que admite la instalación, podría quemarse el cable que llega desde el contador.

En teoría el contador te limita la potencia, pero eso no es una protección.

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Creo que lo primero que tendría que preocuparte es que no tienes IGA (Interruptor General Automático) según se vé en la foto.

Con respecto a los sobretensiones ... cada uno para lo que es.

La Norma, en general (aunque existen excepciones), no obliga a instalar ninguno en un bloque de pisos (aunque lo recomienda). Algunas distribuidoras, en sus normas internas si lo hacen con lo que te podrían obligar.

En cualquier caso yo optaría por un combinado (tipo Combi SPU de Schneider). Solo tienes un problema, que en la caja del ICP no te cabrá (tendrías, como máximo, 4 huecos y necesitas 5) aunque existen algunos modelos actualmente de algunos fabricantes chinos que ocupan un hueco menos.

Es importante que tengas presente que el de sobretenciones permanentes suele ir asociado lateralmente (y por tanto realiza el disparo mediante una función mecánica) a un automático (o diferencial) por lo que ambos tienen que ser compatibles (del mismo fabricante).

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Más allá de en que situaciones o instalaciones es recomendable u obligatoria la instalación de un sobretensiones, en tu caso es quizás más importante dotarte de un IGA, como bien te ha indicado Alfonso, ya que seguramente tu ICP, erróneamente, hacia esa función (el actual reglamento lo deja claro: el interruptor de control de potencia no puede sustituir al IGA de la instalación y, dado que ahora ni siquiera lo tienes pues con mas razon lo de instalar un IGA).

Dado que lo importante es dotarte de un IGA, puedes poner el sobretensiones "mini" de Ciprotec, que combina ambas sobretensiones y así matas dos pájaros de un tiro ya que, además de sobretensiones, funciona como IGA. Lo mejor del producto es que es de solo tres módulos. Lo malo es que, si se estropeara debido a una sobrerension, pues habría que cambiarlo entero ya que no es de módulos enchufables como los de otros fabricantes.

Lógicamente si tu boletín indica 25A de intensidad máxima de la instalación, el "mini" de Ciprotec sera exactamente de 25A y muy útil para determinadas instalaciones en donde el espacio es reducido.

http://www.cirprotec.com/es/Sobretensiones/Protectores-contra-sobretensiones-permanentes-POP/Red-electrica-segun-IEC-carril-DIN/Permanentes-Transitorias-POP-DPS/Actuacion-sobre-IGA-incluido-.-Compacto/V-CHECK-MPT-mini/V-CHECK-2MPT-mini-25 

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El sobretensiones es OBLIGATORIO tanto permanentes como transitorias. Si mecanizas la tapa del ICP te coge el sobretensiones de sobra. Normalmente viene el IGA junto con los módulos de sobretensiones incluido.

El amparaje del IGA irá arreglo a la derivación individual que tengas (fusible y sección de entrada), el ICP no es parámetro de intensidad máxima admisible de la instalación. A saber quien hizo ese boletín :)

Por cierto tienes las tapas del revés xD

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