Sobretensiones : ¿Cuál es obligatorio por reglamento? ¿Permanentes o transitorias?
Vivo en un piso en la provincia de córdoba (España), actualmente tengo contratada una potencia de 4400 w, mediante telegestion. La vivienda se construyo en el 2001, por lo que no era obligatorio por reglamento instalar sobretensiones. Desde que me hicieron el cambio de contador, el hueco del ICP quedo vacío y es así donde quiero instalarlo, pero no me decido a hacerlo hasta resolver antes unas dudas.
Alguien me puede decir ¿cuál debo de instalar el permanentes, el transitorias o ambos a la vez?.
Como ya he dicho tengo 4400w contratados que corresponde a un amperaje de 20 A, ¿qué amperaje debería tener el protector? El mismo o 25A que es la potencia admisible en instalación por boletín.
Y por ultimo si alguien me puede decir también si cogería en el hueco del ICP. Gracias y saludos para la comunidad
TAL CUAL, COMO TE DICE DAVID TUPAK... Un saludo ..... aaaaaaaaa aaaaaaaa aaaaaaaaaaaaaaaaa aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa - Mario Gomez