No creo que la propiedad tenga razón. Si no hubo un cambio de titularidad de la licencia permanecerá a nombre de la propiedad, y por tanto son ellos los que deben solicitar el duplicado al Ayuntamiento, sí se lo darán pero probablemente tendra que pagar una pequeña tasa, que entiendo podrá descontarsela de la fianza lo mismo que si hay algún deterioro del local que no sea debido a su razonable y normal uso, pero hasta ahí, lo demás es extralimitarse, y podría reclamar judicialmente su devolución, porque si lo amenaza con no devolver las llaves, será inefectivo porque pueden cambiar la cerradura.
Respecto a la notificación directa, sino había opción de prórroga, es muy posible que no necesite preaviso, por otra parte probablemente en el contrato le habrán hecho renunciar a su derecho de adquisición preferente o de tanteo, o posibles indemnizaciones si la propiedad realiza la misma actividad una vez usted ha finalizado el contrato, debería revisar estas cuestiones con un asesor experto, pero si esto no se dejó pasar por alto la actuación de la propiedad habrá sido correcta.
Salvo mejor opinión. Ruego valore respuesta.