Compresor de aire acondicionado en balcón
Antes de Navidad instalé en mi vivienda un aparato de aire acondicionado con el compresor en mi balcón. Hay que decir que el instalador fue muy profesional y lo colocó lo más próximo a la vivienda posible y muy bien instalado). La cuestión es que por el tipo de aire que compré, necesita de dos compresores colocados en vertical en el balcón y resulta que en los Estatutos de la Comunidad estipula que no se permite colocar ningún objeto que sobrepase la barandilla (cosa que yo no sabía) y, evidentemente, la altura total de ambos compresores lo sobrepasa. Esta semana se ha puesto en contacto conmigo el administrador de la finca diciéndome que retire los compresores en el plazo de una semana o me abrirán expediente. Mi pregunta es, siendo el balcón parte de mi vivienda y estando colocados lo más próximo posible a la misma, ¿pueden realmente hacermelos quitar, con la ley en la mano? Y segundo, ¿existe dicho plazo cuando en los Estatutos de la Comunidad no pone nada al respecto?