Estatutos Comunidades propietarios y Aire Acondicionado
Quisiera saber si los Estatutos de las Comunidades de propietarios tiene que establecer algo sobre la instalación en fachadas de los aparatos de aire acondicionado y si es obligatorio que todas las Comunidades de Propietarios tengan Estatutos o si es optativo, si no hay que tener estatutos, me gustaría saber que dice sobre la colocación de los aparatos exteriores de aire acondicionado en la Comunidad de Madrid. Tengo un vecino el
del piso de al lado, que ha instalado el aire a una distancia a mi ventana, inferior
a los 50 cm y el del piso superior a poco menos de un metro sobre mi ventana, el primero lo instalo el año pasado al final del verano y este ha sido el primer verano de uso, el segundo de los vecinos lo tiene instalado hace ya más de cinco años. El resto de los vecinos
de la comunidad lo tienen instalado bien, porque lo tienen en su propia ventana
o entre dos de sus ventanas y no molestan a nadie. Lo que yo he podido
encontrar al respecto, me hace entender que la distancia mínima es de 1,10 a la
ventana del vecino más cercana. Si pueden darme las normas a las que tengo que acudir para tener la información se lo agradecería mucho. He intentado colgar alguna foto, pero no he sabido hacerlo o no se puede hacer.