¿ A qué epígrafe pertenece la venta de cigarrillos electrónicos?

Quería saber qué epígrafe es el más correcto para la venta de cigarros a vapor, he estado leyendo y no me queda muy claro donde meterlo, y si estaría en recargo de equivalencia. A un conocido se lo han puesto con CNAE 4778 comercio al por menos de productos nuevos, (no sé qué epígrafe es) y en régimen general, pero no me cuadra mucho que tenga presentar el modelo del IVA.

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Tienes que tener en cuenta la definición de un cigarrillo eléctronico:

El cigarrillo eléctrico o cigarro electrónico (también llamado «vaporizador», «vapeador», eCig o eCigar) es un sistema electrónico inhalador diseñado en su origen para simular y sustituir el consumo de tabaco.

Estos dispositivos utilizan una resistencia y batería para calentar y vaporizar una solución líquida. La solución líquida (llamada líquido de vapeo, e-Liquid o e-Juice) puede o no contener aromas y nicotina líquida.

Por lo tanto es un aparato eléctrico o electrónico y en mi opinión la mejor calificación posible en el IAE es el código 653.2 Comercio al menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, etc.

En el CNAE 2012 la mejor ubicación posible es el epígrafe que me has indicado 4778, que es un cajón de sastre cuando en el resto de actividades de venta menor no está especificado adecuadamente y realmente no lo está.

Sin embargo, si eres persona física, estás obligada a estar en el régimen del recargo de equivalencia en la medida que más del 80% de tu actividad sea venta a consumidor final incluido en este concepto a la Seguridad Social.

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Un epígrafe más correcto es el 646.8 "comercio menor de artículos para fumadores"

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