Cada trimestre contabilizo en la cuenta 473 el mod. 130 de IRPF (cargado a 473 y abonado al banco), Pagos por trimestres

Pero a final de año cómo se cancela la cuenta 473, cual es la cuenta de contrapartida. Porque el pago de la declaración de la renta no se considera deducible.

2 respuestas

Respuesta

A esta respuesta ya he contestado en este foro. Tienes que llevarla contra la cuenta 550 Titular de la explotación.

Asî 550 a 473

Respuesta

Estando de acuerdo con lo que te expone el experto Juan Francisco Defez Gomez, que utiliza una cuenta de 550 (Titular de la explotación) que yo utilizo con las empresas de personas físicas para contabilizar el dinero que el autónomo retira de la cuenta de su propio negocio.

Yo en este caso creo que seria mas acertado utilizar una cuenta 141 (provisiones para impuestos), para poder tener estas cantidades en una partida diferenciada.

No olvides valorar mi respuesta y si necesitas ayuda en cualquier otra cuestión puedes contactarnos a través de este foro o directamente en [email protected] haciendo referencia en tu e-mail que provienes de este foro. Tenemos cuotas anuales muy económicas que cubrirían todas tus necesidades de estar correctamente asesorado a lo largo del año, para cualquier consulta que puedas tener

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas