Qué debo hacer ante una diligencia de embargo de créditos de la cual yo no soy partícipe?

En la declaración de la renta de 2016 que realicé en 2017 a los meses de hacerla recibí una diligencia de embargos de crédito conforme yo salgo como pagadora con ni NIF y el propietario del piso como obligado a pago y embargado según palabras del texto que pude leer. Yo le pagaba a este señor a través de una agencia inmobiliaria mis mensualidades. Evidentemente yo pagué todas y cada una de ellas. Terminé mi relación comercial el 21 de mayo del 2016. El casualmente me dijo la agencia que falleció sobre el marzo de 2016. Yo me fui a otro piso el 30 de abril de aquel año tambien de alquiler. El gestor me dijo en julio de 2017 cuando recibí la primera carta que si yo ya no tenía relación con este señor comercial que pusiera la cruz en la casilla y lo enviara a Hacienda. Así lo hice. A los 6 meses me viene otra carta con el importe duplicado. La misma en la que dice que no soy deudora de Hacienda que solo me dicen que si tengo algo pendiente con el propietario que se lo pague. Evidentemente no tengo nada pendiente. Llamé a la agencia para confirmar. Todo estaba pagado y legal. ¿Si me viene una tercera carta debo hacer el mismo procedimiento? ¿A qué se puede deber? ¿Podría ser que en la declaración puse mal las fechas de fin de contrato? En la segunda carta envié a Hacienda fotocopia de fin de contrato y ultima mensualidad pagada via bancaria. ¿Qué mas puedo hacer? Estoy preocupadísima pues yo soy legal y no entiendo nada y me asaltan muchas dudas. La duda principal es si debo pagar algo que no me pertenece pues no lo veo nada justo y necesito que Hacienda comprenda que yo no debo nada a este hombre. Gracias de ante mano por su ayuda. Lo agradezco de corazón. ¿Volverá una tercera carta y qué debo hacer?

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Usted solo puede hacer lo que esta haciendo. Y como mucho, aportar el fin de contrato si le vuelven a requerir.

No se preocupe, esto es habitual.

Muchísimas gracias por su respuesta, es muy amable por contestar tan rápido pues estaba asustada de verdad. El propietario sale como obligado a pago y yo como pagadora y eso me dio miedo y me hizo pensar si hice algo mal en mi declaración de renta. Si me dice usted que es imposible un fallo mío pues me quedo más tranquila. Lo malo es que no lo explican bien de donde viene esa deuda, y queda todo como en el aire sin que nadie sepa qué debe hacer. ¿Cree qué llegará una tercera carta con el importe duplicado? ¿Y si es así debo ir a gestor marcar la casilla y volver a enviar no? Porque esta segunda vez ya les adjunté fotocopia de ultimo recibo bancario de arrendamiento y papel de fin de contrato. Muchísimas gracias por la respuesta.

Cuando un profesional o empresario tiene una deuda con Hacienda, se solicita a los clientes (usted) que en lugar de pagarle a él, se ingrese el dinero directamente en Hacienda.

Puede que reciba más cartas como estas, pero solo puede seguir contestando igual. Pero no deje de contestar.

Agradecemos valoración de la respuesta.

¡Gracias! muy amable y muy agradecida por su profesionalidad. 

Buenas,de la última carta han pasado ya un mes en la cual contesté lo mismo que en la primera y además adjunté recibo bancario último pago más fin de contrato con la agencia. Me dijeron que podía pedir cita en Hacienda para ver como va el proceso que a estas alturas ya se sabría si se ha zanjado el tema entonces quedaría como cerrado el caso y si no aún saldría como abierto el caso. Me recomiendan que vaya?? y si me dicen que aún está abierto debo preocuparme?? Gracias. Tendría otra pregunta, en qué caso hipotético debería pagar esa deuda??Qué debería poner en la carta?? esto es ya mi espíritu curioso que le gusta saber un poco de todo. Gracias otra vez. 

Yo no me molestaría en ir... pero eso es una decisión personal.

Si le llegara otra notificación vuelva a contestar igual y ya esta.

¡Gracias! 

Me surge la duda de si el motivo por el cual me llega a mi esa diligencia de embargo de créditos pueda ser algun impuesto como inquilina,alguna ley que haya surgido o algo parecido. Esto podría ser?? O sólo es una deuda que tiene este hombre?? para que os sirva de ayuda en la carta se hace mención a las normas aplicables siguientes: ley 58/2003 del BOE, el Reglamento General de Recaudación RD939/2005 del 29 de julio y la ley 39/2015. 

No sé si con estos datos sabréis de que se trata el modelo es el 008 que es una carta de pago. 

Ya les dije que yo estoy tranquila porque pagué todas mis mensualidades y presenté en Hacienda la carta de fin de contrato la renuncia y último recibo bancario del arrendamiento. En total he recibido dos cartas la primera con el inporte a pagar de unos 400 euros y la segunda el doble. ( cada 6 meses las recibo ya van dos) la siguiente sería para junio. Esperemos que con lo que mandé ya tengan suficiente comprobante. Ustedes saben más que yo,si pudieran aclarar mi pregunta se lo agradecería. 

Debería ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude.

Pero en cualquier caso, con los datos que usted facilita se trata de una deuda del propietario, que la administración le informa a usted que si le debe algo, no le pague y se lo pague directamente a la administración pues tiene un embargo...

¡Gracias! 

¿Entonces en cualquier caso no debería de pagar porque no salgo como obligado a pago que es él sino como pagadora no? Y encima no es mi deuda. ¿Si viniera una tercera carta con todos los datos que he enviado a hacienda debería preocuparme? ¿Ir a un abogado? ¿O vuelvo a hacer lo mismo? La verdad es que no sé cuanto podría durar todo esto el envío de cartas 1 año, ¿dos años? ¿En cuánto tiempo se resuelve? Porque esa deuda alguien tendrá que pagarla digo yo...

Como ya le hemos indicado, debe hacer lo mismo si recibe otra carta...

Y para usted quedarse tranquila, acuda a un abogado con toda la documentación.

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