I. Hola Ramón, en efecto, si debemos cuotas de autónomos no podremos cobrar una incapacidad ni cualquier otra prestación
Lo normal es que en el momento de la solicitud se nos invite al pago para ponernos al día, dándonos un plazo para poder hacerlo. Si la cantidad es más bien elevada y no podemos asumirla de una vez, lo más aconsejable es pedir un aplazamiento que nos permita regularizar la situación y poder cobrar. De lo contrario, no percibiremos ninguna prestación
Un detalle importante es que la Seguridad Social no aplaza deudas inferiores a 1.300 euros.
Por mi parte no sé cómo orientarle por desconocimiento, sólo he visto varias páginas que podrian ser de ayuda para valorar la situación e intentar obrar en consecuencia, mucho ánimo.
https://loentiendo.com/deudas-autonomo-seguridad-social-aplazamiento/
http://aticojuridico.com/pueden-denegarme-la-incapacidad-permanente-por-tener-deudas-con-la-seguridad-social/
https://porticolegal.eleconomista.es/foro/denegacion-de-la-invalidez-permanente-por-deudas-con-la-seguridad-social_1282754
Autónomo: deuda pendiente / prestación incapacidad per
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2016/07/14/autonomos/1468477861_420638.html