La plusvalía municipal,escritura de cancelación y posterior registro de cara a la ganancia o perdida patrimonial e IRPF.
Si vendes un inmueble para calcular la ganancia o perdida patrimonial de cara al IRPF amén de los gastos de notaría, registro, tasación, gestoría, ITP ó IVA, IAJD y seguros obligatorios de la compra, se pueden sumar como gastos los que genera la venta como la plusvalía, ¿la escritura de cancelación y registro posterior?
¿Si genera pérdidas en te rebaja la base imponible de los próximos años o del mismo año?