I. Hola Mari Carmen, no conozco bien este tema pero creo que cuando una persona pierde a su cónyuge, si el fallecido cobraba más de una pensión de jubilación, tendrá derecho a percibirlas en el porcentaje correspondiente.
El beneficiario de la pensión de viudedad puede cobrar a la vez otras rentas de trabajo porque en ningún caso son incompatibles.
También puede recibir la pensión de jubilación o la incapacidad permanente a la que tuviera derecho, pero la suma de la cuantía de las dos pensiones no pueden rebasar el tope máximo que establece el gobierno anualmente en los presupuestos generales del estado, de forma que si la suma se las dos pensiones sobrepasan el tope máximo se deducirá, la cuantía sobrante y se abonara hasta el máximo permitido, para las pensiones..
Aquí puede ver una información más precisa, siento no conocer mejor el tema, mucho ánimo.
https://www.miasesorlaboral.es/la-pension-de-viudedad/
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/la-pension-de-viudedad-como-se-calcula-y-cuanto-se-cobra.html