Se puede reclamar el impuesto de actos jurídicos documentados
En el año 2007 firmé un préstamo hipotecario de mi primera y única vivienda(ahora ya ni eso ) con CCM
En Diciembre del año pasado firmé ante la imposibilidad de pagar las mensualidaes(por estar desempleado/prejubilado ) y con proceso judicial de por medio embargo, subasta etc.una dacción en pago y posterior venta de mi vivienda a cambio de saldar la deuda y perder la vivienda, después de haber pagado la cifra aproximada de 100.000 eur. Y un contrato de alquiler de 280 eur/mes por un año renovable hasta tres.
En el contrato de Dacción en Pago hay una cláusula en la que dice que renuncio a cualquier tipo de reclamación (Cláusula suelo tasas gastos de notaria etc.)
Se puede reclamar el impuesto de ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS Ya que éste impuesto es de la administración local de HACIENDA (1800,50 UR)
Siempre y cuando haya una sentencia firme y definitiva a favor del prestatario(USUARIO )