Enbargo de vivienda por falta de pago

Tengo una duda con el embargo de mi vivienda por falta de pago.

En el año 2010 me quedé en el paro, tengo una vivienda por un valor de 212.000.(50m2 precio en el año 2007.) He pagado 90.000 eur. De entrada y durante 3 años letras por importe de 700 eur.(5% Interes fijo a 2 años y a partir de ahi 3,75%) tengo clausulas suelo y 3% minimo y 15 % maximo. He pagado aproximadamente 100.000.eur

He tenido un proceso judicial de embargo desde el año 2012. En el 20015 me citaron para subasta (ofrecían un postor 140.000 eur.) Lo impugné por que la ley(671EC) dice que te pueden embargar por un 60%-70 % cuando es 1ª vivienda ( y cubra las deudas )El precio en escrituras es de 285000 eur.

Ahora el banco (CCM. AHORA LIBERBANK)Me ofrece compra de activos (una especie de daccion en pago saldando las deudas con la entrega de la vivienda y un posible alquiler . Que tendran que estudiar.

La duda que tengo es lo que se refiere a los gastos de impuesto del I.B.I, de éstos últimos años (2012-2017.) Corren a mi cuenta o al estar embargado es propiedad del banco y le corresponderia a él como supuesto propietario.

Para llevar a cabo ésta operación me exigen estar al corriente de gastos comunidad I.B.I. AYUNTAMIENTO (bsura agua.) Electricidad y certificado de eficiencia energetica.

El BANCO ALUDE que hasta que no exista sentencia en firme el piso sigue siendo de mi propiedad y por lo tanto todos éstos gastos corren de mi cuenta ¿esto es así .?

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Efectivamente, mientras no haya un cambio de titularidad, bien por adjisicion judicial o por venta por ejemplo, usted sigue siendo propietario y por lo tanto, le corresponden a usted los impuestos y gastos del inmueble.

¡Gracias! Le agradezco la información  SALUDOS CORDIALES.

Hola : sobre éste mismo tema, es lícito cobrar por efectos impagados (3 letras pendientes de cobro ) un interés diario de 8,7 eur. sobre un capital de 293 eur.e intereses 211 eur/mes.(505 eur. total) a tipo interés mínimo(2,95% año 2011)

.Y otra pregunta:Puedo reclamar al banco el importe de la deuda total(Crédito total pendiente de pago 111000 eur, más intereses más tasas judiciales.etc..

Este crédito hipotecario conlleva junto con la vivienda plaza de garaje en el mismo edificio. ¿Podría vender la plaza de garaje(mitad de precio de coste ). No hay sentencia judicial definitiva sobre el embargo de la vivienda. Tengo 4 recibos pendientes de I, B, I. Y seria de ayuda la venta de la plaza de garaje para liquidar impuestos

Diculpen tantas dudas, pero en pocos días tengo que negociar la daccíon en pago y no me me gustaría COMETER MÁS ERRORES. Y se rían de mi.por ignorante.

Muy Agradecido por la ayuda.

Gracias saludos cordiales

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude. Si no dispone de ingresos, puede intentar solicitar la justicia gratuita o los servicios que algunos colegios de abogados tienen para ayudar con estas cuestiones.

Los intereses estarán establecidos en las escrituras... y en principio, no tienen porque ser ilegales... Si el crédito esta garantizado también la plaza de garaje, usted no puede vender esa plaza sin autorización del banco... y normalmente ha de negociar la entrega de la vivienda y anexos (garaje y posible trastero) por la deuda pendiente más intereses... pero una dación en pago es una negociación en la mayoría de casos, por lo tanto usted puede pedir y ellos no dar... En muchos casos, se liquida lo que es el préstamo, pero queda una deuda en cuanto a las costas judiciales...

Gracias por su respuesta. Lo de los intereses vienen en escrituras.los 2 primeros años de préstamo al 5% y a continuación los años siguientes a euroibor +0, 75 pero hay una clausula que dice no menos de un 3% y un máximo de 11%(sgún sentencias del TSJE creo que el año 2013 se consideran abusivas) y gastos de constitución de escrituras (tasación notaria actos jurídicos documentados etc.. etc..) parte de éstos gastos corren por cuenta del banco.(3800 eur)

Sobre el derecho a información de la deuda total pendiente(parte de crédito. Hipotecario intereses. Costas inereses.) En el juzgado me dijeron que no tenían información que era cosa del banco.Por eso repito si estoy en mi derecho de reclamar al banco y que me lo proporcione,

Lo reclamaré y si veo que me ponen problemas intentaré solicitar abogado de oficio.

Gracias saludos cordiales.

Efectivamente hay sentencias que permiten reclamar la clausula suelo y ciertos gastos de la constitución del crédito hipotecario. Y esto formara parte de la negociación de la dancion en pago...

Si usted no esta personado en el juzgado, el juzgado no le da cierta información... y el banco no tiene obligación de facilitarle la misma, y es posible que ni sepa exactamente estos importes, pues lo gestionan abogados (normalmente externos) y hay unas tablas orientativas para su calculo...

Un abogado puede ayudarle, tanto con la negociación, como con el calculo de estas costas. Pero tenga en cuenta, que suelen ser elevadas, pues se calculan sobre el total del crédito...

¡Gracias! Por la información tuve un abogado de oficio, y no me ayudó en nada, hubo citaciones judiciales y no me avisó para estar presente, si no fuese por mi mismo estaría en la calle desahuciado, es triste pero es la verdad.Lo comenté en el juzgado la falta de profesionalidad de mi abogado y me dijeron que debía denunciarlo al colegio de abogados. No quiero complicar más los pleitos. Esperaré que me tasen la vivienda y a ver que tipo de dacción o compra de ACTIVOS¨me ofrecen.También insisto en vender la plaza de garaje, para hacer frente a los gastos pendientes (I.B.I. Comunidad y certificado eficiencia energética.) Y si me ofrecen un alquiler de vivienda asequible.Y si no que salga lo que DIOS quiera por que estoy cansado de ésta historia.

Gracias por su atención y paciencia se lo agradezco de corazón.

Saludos cordiales.

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