Embargos de la seguridad social
Tengo un embargo de la Seguridad Social por un tema determinado con un expediente determinado.
Me descuentan de la nomina por ese expediente lo que corresponde legalmente a instancia de la Seguridad Social.
Así mismo y de vez en cuando también me embargan por el mismo expediente la que hubiera en ese momento en la cuenta bancaria. Reclamado este asunto a la S. S., el director provincial contesta que una vez constatado que no tengo otros ingresos la ley le permite embragar lo que hubiera en esa cuenta porque lo considera un ahorro, osea si al mes siguiente no he vaciado la cuenta, también me la embarga.
Contra esto me indica, no cave recurso y me remite al Contencioso Administrativo. ¿Qué opinan ustedes?