Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto y le ayude. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.
Lo primero es tener claro si usted es residente en España o No Residente, pues el tipo de cuenta bancaria a abrir es diferente.
Personalmente (estando usted aquí en España ) es relativamente sencillo abrir una cuenta, pero cada entidad tiene sus propios procedimientos, tipos de cuenta, obligaciones para la apertura, etc... lo que puede suponer alguna complicación al elegir entidad. Si lo que pretende es abrirla desde fuera de España, tendrá que realizar un poder especifico (normalmente a un abogado) que puede realizar en el Consulado de España en Argentina, para que realice la apertura de la cuenta en su nombre. Aunque en algún momento le exigirán firmar físicamente documentación, lo cual puede ser complejo y por lo tanto, tendrá que buscarse una entidad que tenga filiales en su país, como puede ser el BBVA o el Santander.
Además en cumplimiento de la legislación de prevención de blanqueo de capitales, pueden solicitarle información de la procedencia del dinero y de haber liquidado los impuestos correspondientes.
Si finalmente compra una casa en España y no es residente, tendrá obligaciones fiscales que cumplir... y si vive en España y tiene bienes fuera, también tendrá obligaciones fiscales que cumplir y debería estudiar para evitara importantes sanciones.