Transporte bombona butano en coche particular

B días ias a todos desde hace varios años y con la llegada de gas natural a mi ciudad. Son muchos los que afirman que no se puede comprar en las gasolineras y llevar en nuestro coche particular la bombona. Yo creo que siempre que sea solo una este bien sujeta!, ¿Vayas de casa al punto de venta y vuelta no tengo que tener problemas no?

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Como siempre hay que mirar lo que dicen las leyes, en este país tenemos las mejores leyes del mundo (eso si, que se cumplan...)

Lo primero es mirar que dice el ADR:

Por lo tanto si el ADR no es de aplicación, nos vamos al Real Decreto 15/1999 de 1 de octubre y vemos lo que dice:

Y además miramos el Real Decreto 919/2006 del 28 de julio que viene a decir lo mismo:

Por lo tanto y resumiendo, si las llevas bien amarradas y con la válvula hacia arriba puedes llevar dos botellas de butano en tu coche sin problemas.

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¡Ni que fuese una bomba! Nadie te va a decir nada por llevar la bombona desde el punto de venta hasta tu casa. Eso sí, asegúrate de llevarla bien sujeta en el maletero.

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Te indican que el ADR no dice nada, pero si esas otras leyes, no estoy muy de acuerdo con que esas leyes sean de aplicación, ni para llevarlas de pie, ni para llevarlas atadas, ni para llevar un número máximo, puesto que en esas leyes habla de comercialización todo el rato, aunque incluya en ese punto el término "vehículo particular", entiendo que solamente es de aplicación en casos de comercialización (que se puede hacer con un vehículo catalogado como turismo o bien que no sea parte del activo no corriente de una empresa, si no de uno de los socios), por lo que entiendo que para utilización de las bombonas y no para un uso particular no tiene aplicación ninguna

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