Revisión pensión no contributiva posibilidad de reclamar.

Me llamo juan carlos soy de sevilla tenia el 54% de discapacidad por diversas patologías ese porcentaje era revisable pues bien pase por el tribunal medico el pasado 26 de febrero del presente año y hoy me ha llegado la resolución y me quedado perplejo al ver que me otorgan el 55% osea un grado más que la vez anterior cuando en ninguna de mis patologías habido mejoría al contrario presente informe de migraña crónica y ellos esa patoloogia la han valorado como migraña común. ¿Mi pregunta es la siguiente. Si reclamo en los 30 días que me dan ganaría algo o podría perder más grados aun? Decirle que el 55% de ahora ya no es revisable es indefinido gracias. Oigo su consejo.

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La subida de porcentaje es de vergüenza, la verdad sea dicha.

¿No se la edad que usted tiene y si está trabajando o no?

Dependiendo de sus circunstancias interesaría demandar o no.

Desconozco si la revisión ha sido de oficio o la ha solicitado usted.

La respuesta que le estoy dando tal ves sea demasiado tarde.

Pero no obstante siempre hay posibilidad de pedir una nueva valoración.

Tengo 45 años y tengo de plazo para reclamar asta el 25 de este mes soy autónomo asta octubre.

La revisión fue de oficio

En ese caso, le interesa reclamar. Pues supongo que con los dolores que tiene, le resultará complicado ejercer su profesión.

Entonces sería positivo conseguir un incremento del porcentaje, así podría acogerse a la incapacidad permanente total o absoluta según corresponda.

Desconozco si su discapacidad es anterior a su relación laboral o es posterior, es decir, si es discapacidad o incapacidad.

Ese porcentanje es de pensión no contrivutiba

¿Han pasado 56 días naturales desde que reclame el tema de la migraña crónica y en estos 56 días han guardado silencio eso es bueno malo o es indiferente?

Para que se produzca silencio administrativo son tres meses.

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Ante todo, aconsejarle que anote en la propia carta la fecha en que la ha recibido, pues a partir de ahí comienza a contar el plazo para recurrir.

Esa subida de un 1% podría tomarse incluso como una tomadura de pelo, pero hay que tener en cuenta una cosa positiva: si le han subido aunque sea un 1% es porque ellos admiten que hay agravamiento con respecto a la última revisión, que no es poco. Cuestión distinta (claro está) es que la subida no deba de ser del 1% sino mayor.

En su caso sería más que interesante recurrir porque está a las puertas del 65% que es uno de los filtros a partir de los cuales se obtienen mayores ventajas como imagino que sabrá. Es decir, da prácticamente lo mismo tener un 63% que un 64%. Ahora bien, no es lo mismo en absoluto tener un 64% que un 65%.

Sobre qué puede ocurrir y si le incrementarán o no, evidentemente no puedo contestar a eso porque no se puede saber lo qué ocurrirá. Pero si es cierto que ellos ya han reconocido un 55% y por tanto, no tendrían motivos para bajar de ahí, pero se intentaría subir, como le digo, al menos al 65%.

Por lo demás, le facilito nuestros datos de contacto por si desea que le ampliemos información o por si desea contar con nuestra defensa en este asunto:

Larios abogados

951 71 50 41

[email protected]

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I. Hola Juan Carlos, en mi caso por desgracia desconozco el funcionamiento de la revisión.

Debido a que el tribunal médico cada vez valora más a la baja, encuentro arriesgado solicitar revisión, porque como bien sabrá, en el peor de los escenarios incluso podríamos perder porcentaje.. yo mismo renuncié a revisión hace varios años por este motivo, pero es lógico pues tengo un 40% y sé que es del todo imposible que pudiesen darme un 60 o 65%.

De todas formas, pienso que ha hecho lo correcto, la situación actual es muy injusta, sin embargo hoy por hoy no hay visos de cambio.

Creo que El defensor del pueblo puede ser una vía de reclamación, si desea o decide hacerlo.

 https://www.defensordelpueblo.es/

En las siguientes páginas podrá ver un poco de información cercana sobre este tema, aunque no abordan su mismo caso. Mucha suerte, ánimo.

Reclamación de dos años de la subida del 20% a los 55 años

Revicion minusvalias con pension no contributiva

https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios_destacados/tramites/4640 

https://loentiendo.com/pension-no-contributivas/ 

Pensión no Contributiva.. Cuál sería la cuantía?

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