El delito de estafa agravada y su prescripción

Un juicio por estaba agravada se celebra a los 6 años, estaría prescrito a los 10, en el jucio se baja la calificación del delito y se pone una pena de 1 año y 6 meses, esta pena estaría prescrita al haber pasado más de 5 años asta la celebración del juicio.

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A fin de completar la respuesta del ilustre Jota (que es uno de los gentileshombres de este foro) le diré que el periodo de prescripción de un delito se corresponde con el máximo abanico de penalidad asociado al mismo. En el caso de estafa agravada, 10 años. Ahora bien: si el tribunal no aprecia modalidad agravada sino simple, ha de declarar en Sentencia que el delito está prescrito sin entrar en el fondo del asunto. Si el tribunal, en vez de hacer esta declaración, dicta una sentencia condenatoria, por poca que sea la penalidad, es que ha apreciado el agravante y considera que los hechos no están prescritos. El cómputo de la prescripción de la pena de hasta cinco años son precisamente cinco años, a contar desde el día en que la misma fue firme y no desde que ocurrieron los hechos, lo cual significa que su exsocio ha de pedir la remisión condicional o cumplir la condena, porque la misma está viva y coleando. Como le han recomendado, vaya a un abogado competente porque la prescripción es un asunto muy complejo, que se aprecia muy a regañadientes por los tribunales (se lo toman como si se les reprochase que no han hecho su trabajo) y, en general, solo se aprecia tras un recurso.

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La prescripción del delito no la determina la fecha de comisión, ni la fecha del juicio, hay acciones legales intermedias que pueden paralizar los plazos de prescripción. Si su letrado ha solicitado la prescripción del delito dentro de las cuestiones previas, y el juez no lo ha considerado, puede recurrir esa consideración.

Además parece que se ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas lo que es un reflejo del tiempo que se han prolongado innecesariamente las acciones judiciales.

¡Gracias!  Si me permite me gustaría explicarle bien el caso y recibir su opinión.

Yo estoy fuera de España desde hace 7 años. Me enteré hace poco que tenía un juicio pendiente por estafa agravada junto con un socio por una empresa de construcción que teníamos. Yo no me presente al juicio por desconocimiento. El juicio se celebró y a mi se me puso en orden y detención . A mi socio se le aplicó una pena de 1 año y 6 meses. Y se bajo la calificación del delito . Yo quiero volver a España y presentarme a juicio. 

Mi duda es si me dieran una pena menor a 5 años está estaría prescrita. Ya que desde la Última actividad judicial han pasado 6 años.

¿Cuándo se comete el delito por el que se le condena? ¿Cuándo el juicio y la sentencia firme?

El delito se cometió en el 2008 Se celebró el juicio en diciembre del 2011. La acusación  particular pedía 6 años. En el juicio se bajo la calificación a tentativa y se puso a mi socio la pena de 1 año y 6 meses.

Yo ya estaba fuera del país y desconocía la denuncia y juicio asta hace unos meses al solicitar renovación del pasaporte

Creo que su condición de condenado en rebeldía no le favorece ni hace posible la concurrencia de prescripción... póngase en contacto con un abogado y que le asesore.

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