¿Se puede hacer un contrato privado de compraventa por correo ordinario?

Quiero ceder un terreno a una persona gratuitamente con la condición de que haga unas obras, hay que meter luz, puertas ventanas, tarima, arreglar la piscina y pintar toda la casa.

Esta persona me ha dicho que en su gestoría le han asesorado y que como no vivimos en la misma provincia que hagamos el documento privado, que lo firme el y me lo puede enviar tanto por correo ordinario como electrónico.

Quisiera saber si eso es correcto y si hace falta que lo registremos, porque la verdad es que lo fuimos del bando y ahora que lo queremos alquilar nos hemos dado cuenta que los papeles del registro al final no se llevaron.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y la mejor formular para "ceder" el bien.

Como norma general, usted puede vender, donar o alquilar un bien, con diferentes formulas legales, pero es importante que estudie la fiscalidad de la operación.

Si lo que quiere hacer es vender o donar, es importante hacerlo en documento publico, es decir en un notario. Los arrendamientos si se hacen en documento privado.

Actualmente es mas habitual el firmar los documentos digitalmente, que tienen validez legal. Pero si seria posible hacer la firma intercambiando los contrato por correo postal para su firma...

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