Testamento con fiducia en Aragón.
Testamento mancomunado con fiducia a favor del cónyuge viudo en Aragón.
El cónyuge sobreviviente tiene la potestad de repartir la herencia del muerto en el tiempo y proporción que considere entre los herederos.
El 50%, por la legítima, entiendo que debe de ir a los herederos.
¿Puede disponer para sí del 50% de los saldos bancarios no sujetos a legítima, o solamente de sus intereses como usufructuario?