Fiscalidad prestación cese actividad autónomos

Tengo entendido que las cantidades recibidas como autónomo en concepto de prestación extraordinaria por cese de actividad, deben declararse en el modelo 190 por la mutua. ¿Si las he declarado como ingreso en el modelo 130 del 2T como lo puedo corregir?

2 Respuestas

Respuesta

Usted no ha de declarar la prestación por cese de actividad en el modelo 130, pues no es un ingreso de su actividad económica.

Si lo deberá incluir en su declaración de RENTA.

Respuesta

Se consideran rendimientos del trabajo y no de actividad económica.

No va en el 130, tributa en renta directamente

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