¿Se declara un terreno urbano con uso industrial?

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Al repartir la herencia de nuestros padres heredamos, según aparecía en el Catastro, un terreno sin edificar. En dicho terreno antes había estado la casa familiar con un garaje anexo que desapareció por un accidente. Aunque realizamos todo el papeleo de la herencia no lo llevamos al registro por lo cual en el catastro aparece como Herederos de... Al ser solamente terreno no lo hemos incluido estos años en la declaración de la renta, pero el catastro hizo revisión en el 2011 y ahora aparece como terreno urbano con uso industrial y almacén construido; dicho almacén correspondería al garaje que aunque muy deteriorado aún está en pie.

Debido a que las comunicaciones llegaban al domicilio de nuestro padre y hermano, no hemos tenido conocimiento de este hecho hasta el año pasado, pues mi hermano recibió el comunicado y lo guardo pues pensaba que no tenia importancia.

En el recibo de la contribución aparece el valor Catastral y el mínimo valor de la construcción.

Nuestras dudas son: ¿Al ser uso industrial, tenemos que incluirlo en la declaración? ¿El valor del suelo se podría prorratear a lo construido, dejando el resto como no construido? ¿Tendríamos qué regularizar años anteriores?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Con la información facilitada, ustedes han de incluir el inmueble en la declaración de renta, en proporción a la propiedad que tenga cada uno, por lo que indica, como "a su disposición", imputando una renta, conforme al valor catastral (no hay prorrateos posibles, es el total del valor catastral).

Efectivamente, pueden ser requeridos por no haberlo incluido en anteriores declaraciones. Por lo que pueden presentar declaraciones complementarias de los cuatro ejercicios anteriores no prescritos o desde que son propietarios.

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