¿Debo presentar el modelo 130 si soy profesor autónomo con pluriactividad?

Me toca hacer la declaración de la renta como autónomo por primera vez y después de leer información en varios sitios acerca de cómo hacerla, tengo algunas dudas.
La principal duda es que me he encontrado con esta información en la red:

"Con los profesores autónomos que están exentos de IVA y trabajan para una empresa o profesional, se da el curioso caso de que al no tener que liquidar ni IVA ni IRPF, no tienen que presentar ningún modelo trimestral. Únicamente estarán obligados a presentar la declaración de la Renta."

Figura en el último párrafo del apartado "Obligaciones fiscales de un profesor autónomo".

https://www.txerpa.com/blog/2016/11/16/que-obligaciones-fiscales-tiene-un-profesor-autonomo

Este es justo mi caso. Me di de alta como autónomo para dar clases particulares y a la vez estoy trabajando por cuenta ajena para una empresa. Esa es una de las dudas.

Otra duda es que en el caso de que la información anterior no sea cierta entonces deberé presentar el modelo 130. He mirado el borrador del modelo y la casilla 04 pide calcular el 20% del rendimiento neto del ejercicio presente. Sin embargo, durante los dos primeros años (creo recordar), tengo una retención del 7% en lugar del 19% o 20% (como ayuda para los nuevos autónomos). ¿Esto es así o me estoy liando con otra cosa? Si es así, ¿Qué valor del porcentaje debo calcular exactamente?

1 Respuesta

Respuesta
1

Si usted emite facturas con retención a sus clientes, pues estos son empresarios o profesionales (al menos el 75% de su facturación), no esta obligado a presentar pagos fraccionados (modelo 130) del IRPF.

Si usted da clases a particular, si esta obligado a presentar este modelo. Que luego se regulariza en la declaración de renta, en el apartado de actividades económicas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas