Posible nulidad de multa de aparcamiento
He recibido una notificación (por correo certificado) de una multa por aparcar incorrectamente en la vía pública. Tenía dos dudas sobre esta multa, para valorar si tiene sentido recurrirla.
La primera es que solo hay texto. La sanción indica que el vehículo está estacionado obstaculizando el paso de la máquina quitanieves (me la pusieron a principios de enero, cuando estaba nevando cada día, es una carretera de montaña, vivo allí y el acceso a viviendas estaba cerrado). Pero no hay ninguna imagen que corrobore que mi vehículo invade la calzada o que al menos es mi vehículo y no otro (podrían errar al anotar la matrícula). Sé que la palabra de la guardia civil prevalece sobre la mía, pero hay casos en los que no aportar ninguna prueba ha supuesto la anulación de la sanción. En caso de estacionamiento inadecuado, dado que es viable tomar fotos, ¿no resulta necesario aportar algún documento gráfico?. Me tomé mi tiempo de quitar nieve con una pala para no invadir la calzada.
La segunda es que el precepto infringido es el artículo 91.1 del reglamento general de circulación (esto aparece en el encabezado). Pero luego el texto explica que la denuncia corresponde una infracción del RD 6/2015 del 30 de octubre (LTSV), y en ese RD el artículo 91.1 no existe, y el artículo 91 (a secas) solo explicar el modo de realizar notificaciones de sanción. ¿Podría considerarse un defecto de forma al estar así redactada? ¿Serviría para recurrirla por esta razón?