Tengo un camino de servidumbre para el vecino y aparece en la escritura como derecho de paso.

Es suelo rustico común, y la Generalitat Valenciana está " legalizando" muchas de estas.

Para ello necesito instalar una fosa séptica homologada.

¿Puedo instalarla en ese camino, que es mío?  Y otra: ¿Podría el vecino engancharse a ella compartiendo gastos?

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El hecho de que haya una servidumbre de paso no significa que el terreno que ocupa deje de ser suyo; es decir: puede usted poner todo lo que quiera debajo del camino, y nadie tiene derecho a conectarse, pues eso sería una servidumbre totalmente distinta y posiblemente, en este caso, injustificada.

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