Fiscalidad. Duda sobre casilla “Amortización de inmuebles” a rellenar cada año y casilla “Amortizaciones” al vender el piso.
Estoy en Renta web. Tengo una duda que para que se me entienda mejor, voy a simplificar bastante la pregunta:
Vamos suponer que tengo un piso arrendado desde hace 4 años.
NO ES OBLIGATORIO todos los años declarar o rellenar unas casillas que al final en una casilla final llamada “Amortización de inmuebles” produce una cantidad, vamos suponer en esa casilla final aparece 100€, que es considerado como Gastos.
Por lo cual, el resultado de mi declaración en cada uno de esos años sería pagar MENOS.
Este año voy a vender ese piso.
SÍ ES OBLIGATORIO en una casilla llamada “Amortizaciones” (que está en la ventana “Valor de adquisición”), meter la suma que antes metí en “Amortización de inmuebles” de cada año, es decir, como antes metí 100 por año y han sido 4 años, ahora debo meter en la casilla “Amortizaciones”, 100 x 4= 400€.
Por lo cual el resultado de mi declaración, va a ser pagar MÁS.
Simplificando:
Mis preguntas:
¿No hubiera sido lo mismo dejar vacía la casilla “Amortización de inmuebles” durante esos 4 años y tambien en este año que vendo dejar vacía la casilla “Amortizaciones”?
¿Qué pasaría si en esos años relleno esas casillas “Amortización de inmuebles” a mi favor pero luego a la hora de la venta dejo vacía la casilla “Amortizaciones”?
¿Qué fundamento tiene que durante 4 años se pueda meter 100€/año, total 400€ para pagar MENOS, para luego meter de golpe estos 400€ para pagar MÁS?