¿Qué debo hacer para el Requerimiento de Herederos y Declaración de Herederos? ¿Cuánto cuesta?

Mi padre falleció hace un par de meses, por herencia materna le corresponde la LEGITIMA, como consta en el testamento, adjudicándole 2 terrenitos : Urbano y rustico, situados en Galicia que valen muy poco porque el plano urbanístico de la Xunta aun sigue pendiente de ser aprobado. Figuran a su nombre en Catastro y pagamos anualmente el Impuesto o Tasa Catastral. No están registrados ! El notario de Corcubion nos dijo hace tiempo que si queríamos venderlos si se podía, así tal cual, pero si nos lo queríamos quedar y construir si teníamos que registrarlos! ¿Eso sigue siendo así? ¿Es caro registrar? ¿Hay qué ir hasta Galicia para registrarlo? De momento mi madre y hermanos no queremos vender ni construir, que siga así, ¿se puede? Un amigo nos aconseja hacer el Requerimiento de Herederos y Declaración de Herederos desde donde residimos, que no es Galicia y nos pilla lejos, ¿este tramite es caro? ¿Es urgente y necesario? De cuanto tiempo disponemos para hacerlo, hay un limite,¿sanción o lo que sea si no se hace? Pero dice que debemos ' DESCRIBIR' los terrenos a fecha de hoy, como describir eso, no somos catastro ni tenemos idea de hacer eso, ya describe ese testamento de la abuela hecho en los '80s' lo que le toca a mi padre, ¿no? Que mareo ! Ayuda por favor !, empezamos consultando esto con un abogado pero era un lerdo, perdía emails, mal aconsejaba, daba largas, etc... Y nos hizo perder tiempo y dinero que falta nos hace ! Desde ya muchas gracias por su tiempo y ayuda . Un cordial saludo. Valentina.

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Registrar puede costar unos 400€ aprox. Y no es necesario que se desplacen a Galicia.

Sepa que también existe la opción, para cualquier heredero, de vender su parte de la herencia una empresa especializada en compra de herencias y proindivisos como vendoinmueble.com Le hacen una oferta por su parte gratis y sin compromiso.

Quedamos a su disposición,

Pedralbes abogados

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado especializado que le ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas.

Por lo que interpretamos de su pregunta, ustedes serán herederos de su padre por sustitución, al haber fallecido su padre, en la herencia de su abuela materna.

La adjudicación de herencia, se ha de hacer por todos los herederos. Por lo tanto, si sus padre tenia hermanos, habrá más herederos, se ha de firmar todos en el notario que se acuerde, al haber testamento.

Si no quieren desplazarse a Galicia,, siempre pueden hacerlo mediante un poder...

Si las fincas solo están catastradas, pueden heredarse igual, pero les recomendamos que hagan un procedimiento de inmatriculación una vez aceptada la herencia, por si en el futuro quieren vender...

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