¿Cobro por el inss orfandad absoluta y hijo a cargo si alquilo mi piso seguiría percibiendo las pagas?

Si alquilo mi piso heredado por unos 600 euros por inmobiliaria,¿podría seguir percibiendo la orfandad absoluta y la prestación equivalente a hijo a cargo?

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Respuesta

I. Hola Tomás, aunque debe atenderle un experto y yo sólo soy lector, quisiera dejarle una información sobre este tema -textos y enlaces/artículos- que creo puede serle de utilidad para recabar una parte importante de la información. Por lo que he leído, la prestación por hijo a cargo no es embargable, a diferencia de otras prestaciones que sí lo serían, como la prestación por desempleo por ejemplo, y en especial, sólo se pierde cuando la cuantia de sus ingresos anuales superen el tope determinado de dinero que permite percibir esa prestación. En las siguientes líneas creo podrá determinar si será así o no. En mi ignorancia pienso que percibir esos 600 Euros (7.200 € anuales), en absoluto impiden que perciba la prestación por hijo a cargo.

Le ruego me disculpe las molestias de lectura y la imprecisión,


La renta anual de la familia ha de ser inferior a los 12.313€ anuales brutos. Sin embargo, esta restricción no existirá para los casos en los que se solicitara la ayuda por presencia de un discapacitado.

El dinero que recibía una familia por la prestación por hijo a cargo dependía de las circunstancias:

  • 341€ anuales por cada menor sin discapacidad.
  • 1.000€ anuales por cada menor con una discapacidad igual o mayor de 33%.
  • 4.704€ anuales por cada mayor de edad con una discapacidad igual o superior al 65%.
  • 7.056€ anuales, por cada mayor de edad con una discapacidad igual o mayor al 75%.

¿Pierdo o gano cuando desaparezca la prestación por hijo a cargo y pase a cobrar el IMV? Pues bien, la renta garantizada será de 462€ más 139€ al mes por cada persona en la unidad de convivencia, adulta o menor, hasta un máximo de 1.015€ mensuales. Por ejemplo, si vives con tu pareja y tienes un hijo, podrías recibir 740€ al mes


https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/659365-son-compatibles-fiscalmente-pension-orfandad-alquileres-pisos 

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/en-que-casos-se-extingue-mi-pension-de-orfandad.html 

https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/perder-pension-jubilado-alquilar-habitacion-ingresos/2808087/ 


Tambien deseaba exponerle unas posibles prestaciones que estuvimos viendo con anterioridad junto con otros compañeros, que tal vez usted pudiera solicitar, perdón de nuevo por todas las molestias de lectura, mucho ánimo y suerte.

https://www.mdsocialesa2030.gob.es/derechos-sociales/familias/guia_ayudas_sociales/docs/Guia2022definitiva.pdf 


- Subsidio para personas mayores de 45 años y 52 años,

https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/

- Solicitar una prestación de 426 € durante seis meses, siempre que tenga un mínimo de un año (12 meses) cotizados previos en la seguridad.

https://www.oficinaempleo.com/blog/ayuda-para-desempleados-que-no-tienen-derecho-a-prestacion-ni-servicio/

 - Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE/INSS.

https://loentiendo.com/sed-subsidio-extraordinario-desempleo/

- Subsidio por cargas familiares

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares.

-- Información más general sobre posibles subsidios de desempleo existentes.

https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/

https://loentiendo.com/renta-activa-de-insercion-discapacidad/

- Subsidio/prestación/Ley dependencia en base a cargas familiares/cuidado de personas mayores.

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares 

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