¿Qué pasa si se acepta una herencia y se cobra el IMV?

En julio de 2021 acepte la herencia de mi padre.

Mis ingresos anuales corresponden exclusivamente al cobro del IMV que os de 450 euros.

La declaración de la renta me salió a 0.

Es decir mis ingresos no han variado pero si ha cambiado mi patrimonio.

No tengo la plena propiedad de nada, solo nuda propiedad de bienes proindiviso.

No tengo vivienda en propiedad, vivo en una casa cedida por mis padres.

Me aconsejaron comunicar a la Seguridad Social la aceptación de la herencia y así lo hice.

Ahora en veo que en el Certificado Integrado de Prestaciones no me sale informe de revalorizaciones, así que estoy preocupada por si me han eliminado el IMV.

No sé qué teniendo que hacer, ni a quien preguntar, ni si es posible reclamar con un escrito la suspensión del subsidio si fuera necesario.

Además de vuestras respuestas, Sí hay algún experto al que acudir en persona, asesor, abogado, también me interesaría.

3 Respuestas

Respuesta

Perdón por si lo he entendido mal... Me ha parecido entender que heredó la NUDA PROPIEDAD, de una vivienda. Con ello entiendo que quién tiene el usufructo o derecho al disfrute es otra persona, padre, madre.., quién sea. Si bien la nuda propiedad otorga en si esa propiedad, no es compatible como ingreso, (siempre que el usufructo lo tenga otra persona), vamos, algo así como que es tuyo pero no puedes disponer de el. Yo heredé y aún tengo la nuda propiedad de una vivienda y como sigue en vida mi madre y es quién tiene el usufructo de ella, a mi solo me consta esa propiedad en el Registro de la Propiedad pero no me supone un incremento patrimonial. En las declaraciones de la renta y en los certificados de patrimonio me consta esta además de mi vivienda habitual, pero no me genera cambio ni incremento. Una vez fallezca quién tiene el usufructo..., entonces si, se escritura y cada heredro es verdadero propietario con derecho a disponer, vender etc.. y le supondrá el incremento patrimonial.

Ojo, lo digo porque si solo tiene la nuda propiedad, "no tiene incremento patrimonial del que dar cuenta". Eso si, si entre los herederos con nuda propiedad con el consentimiento y participación del usufructuario acuerdan vender, una vez vendido obtendrán el incremento que corresponda.

SI SU MADRE U OTRO FAMILIAR TIENE EL USUFRUCTO Y UD. SOLO Y REPITO, SOLO LA NUDA PROPIEDAD UD. AÚN NO TIENE INCREMENTO PATRIMONIAL... aunque le conste un porcentaje de propiedad en el registro y todos sepamos que esa parte tiene un valor, pero no siendo propietaria definitiva de su parte no tiene incremento patrimonial, solo unas anotaciones de lo que en un futuro serán ..., pero aún no. ASEGURESE DE SU SITUACIÓN.

Si. Así también lo entiendo yo, pero según los datos que puedo ver del IMV me lo han suspendido. Quizá fue un error notificar la aceptación de la herencia, pero en el escrito lo explicaba con detalle, explicando que mi madre era usufructuaria y que además eran bienes proindiviso, es decir que hay más copropietarios, mis hermanos, bueno y mi madre de su 50% porque eran gananciales. Pero aún así parece ser que este mes no voy a cobrar ya, porque no me han aplicado actualizaciones ni en fecha, ni en cantidad. Estoy súper perdida pero no porque no entienda el tema, porque respecto al IMV es imposible una cita previa. 

Si hubiera heredado una plena propiedad, entiendo que sería una privilegiada de tener algo que vender y poder vivir, jamás seguirá pidiendo el IMV, lo mismo que hice cuando tenía ahorros. 

Estoy intentando saber como reclamar en el caso de que sea efectiva la suspensión en la ayuda, porque he ido ahorrando cada mes lo que he podido pero no es mucho. Gracias por tu respuesta. 

Realmente están a las caídas. Si notificara ud el próximo regalo de Santa Claus o Reyes Magos también dirían que es una donación y lo suspenderían. No lo deje porque siempre pueden reanudarlo.

Suerte.

Respuesta

Cierto, en casa pasó lo mismo

Hay que avisar en el INEM.

Todo dinero que entra hay que avisar.

Lo paran un tiempo y luego vuelve a iniciar (eso pago en casa)..

Coge cita en el INEM y les dices

En casa se recibe la paga de los 52 años

Lleva todos los papeles que tengas donde se refleje la herencia

Respuesta

La seg social hace los cambios en enero de cada año dependiendo lo que sucedió el año anterior.

Para mantener el IMV te exigen avisar todo cambio y estar inscripta como demandante de empleo.

Si no avisas se enteran lo mismo y por no avisar pueden que lo usen como excusa para quitarte la prestación. Asique has hecho bien en avisarlo.

Quedate tranquila que no te han eliminado. A principio de año recibirás nota si hubo cambios.

Has el irfp próximo y ellos se guiarán por lo que ahí salga. Si no apareciera la herencia, cosa rara, tu tranquila que lo has avisado y no tienes que hacer nada. Seguramente aparecerá su efecto en tu prestación al otro año.

Lo que me preocupa es el aumento de patrimonio. Ingresos no he tenido nada más que el IMV. Gracias

Entiendo, pero ese aumento patrimonial podría superar lo exigido por seg social para ser beneficiario del IMV, que no se lo dije en la entrada anterior. Pero eso no significa que lo hayan eliminado, a lo sumo suspendido.

De todas formas ya esta y no puede hacer nada. Seg Social a fin de año y principio del siguiente le avisará algo y podría ser que aun no hayan tomado conocimiento de ese aumento pero no lo puede ocultar si pasó por hacienda.

Todo depende del valor de ese aumento. Por ejemplo el tener una vivienda habitual no le impide ser beneficiario si no tiene ingresos. Por lo tanto, podría encausar ese patrimonio, si es que llega al valor de una vivienda, y ya no es lo mismo tener una casa de 80.000 €, por decir algo, que 40.000 en una cuenta bancaria.

Perdona que te moleste, pero encontrar a alguien que sabe algo, es una maravilla.

Al no tener vivienda, ¿podría alegar que el aumento de patrimonio se pueda considerar como el valor de una vivienda? 

Muchísimas gracias de verdad por tus respuestas, estoy súper agobiada. Al tener la nuda propiedad de bienes proindiviso, no lo puedo vender, mis hermanos no me lo pueden comprar y hay gente que compran nuda propiedad y hay empresas que comprar proindiviso, pero todo junto es muy complicado y además no puedo complicar a mis hermanos todo esto metiendo a extraños. 

Muchísimas gracias, solo hablarlo ya ayuda, aunque sea por aquí. 

Valor de una vivienda, no. en todo caso declarar que esta en busca de la compra de una. Como le decía no es lo mismo tener una vivienda habitual que ese mismo monto en cuenta bancaria o en un yate, por ejemplo.

Recuerde que no hay que ser indigente para recibir el IMV. Ud informó a seg social de esa herencia. Quédese tranquila.

¿En esa casa hay alguien empadronado? Esto es importante ya que podría convertirse en su vivienda habitual por más que no se la dueña al 100%, si se empadrona sola allí. De esa forma ya estaría usada en vivienda habitual esa herencia y solucionado el problema.

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