La amiga de mi mujer nos reclama la rotura de gafas de vista que le ha roto sin wuer mi mujer en nuestro domicilio

La compañía ha contestado diciendo que "la silla no es sitio para dejar las gafas "y es su responsabilidad. Cuando se entregó el parte del siniestro de hogar a la mediadora de la compañía, se le explicó todo, pero dijo que sólo pusiera en la reclamación que " mi mujer se sentó en la silla donde estaban las gafas" y eso es lo que puso en las causas..." que estando las gafas en la silla, mi mujer se sentó en la silla donde estaban las gafas y se las rompió, cayendo al suelo y con tan mala suerte que con las patas de la silla le rompió las dos lentes y montura gafas.

La amiga en ningún momento declara que las gafas las dejara en la silla, reproduciendo la secuencia correcta, se pusieron a comer, en otra parte de la mesa dejaron los trajes que estaban cosiendo y la amiga dejo ahí las gafas, sin darse cuenta mi mujer retiro las tela un poco y cayeron las gafas a la silla, la caída lateral del mantel, impidió que mi mujer viera la gafas que estaban en la silla y al sacar la silla y sentarse las gafas se cayeron al suelo sin verlo, después hizo dos movimientos de silla porque no se estabilizaba bien, con tan mala suerte que le rompió las dos lentes y montura. ¿Cómo podemos recurrir el siniestro?

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Me temo que lo tienen muy difícil, por no decir imposible. Si ya era complicado de inicio, ahora que parece que intentan buscar una explicación plausible para justificar cómo acabaron las gafas en la silla, la aseguradora no va a aceptar.
Pero ustedes pueden apurar todas las opciones, si la aseguradora no cede:

- Atención al cliente

- Defensor del cliente

- Dirección General de Seguros

Complicado de inicio porque, si ella deja en un lugar visible las gafas como pueda ser en este caso encima de la mesa y por descuido se las tiramos finalmente al suelo y se las rompemos. Eso nos exime de toda responsabilidad civil por danos a terceros?

Cuando digo "complicado de inicio" me refiero desde el punto de vista de la compañía. A ella se le dice que las gafas se han roto porque estaban en una silla. Cuando ellos responden que no es sitio para unas gafas, aportan ustedes esa rocambolesca explicación (que no digo que sea falsa) que, para ellos, seguro que no es más que un intento de justificar que las gafas no las dejó nadie sobre la silla, sino que todo fue fruto del infortunio. Es normal que cuestionen esa explicación que, en todo caso, debió darse desde el principio.

Esa información completa se le dio a la mediadora , pero está nos dijo que sólo pusiéramos que estando las gafas en la silla, se cayeron al suelo y mi mujer se las rompió. Por cierto lo pusimos en Causa ... En Hechos que estando comiendo en nuestra casa mi mujer le rompió sin darse cuenta las gafas.

Pues la mediadora les hizo un flaco favor. Le repito lo mismo: si la primera versión originó la negativa de la compañía, por no haber expuesto los hechos en su totalidad, ahora lo tienen muy difícil al aportar esas explicaciones tan enrevesadas.

Naturalmente que la mediadora se equivocó, pero en dicha primera versión Silvia dijo condicionada mente que estaban en las silla previa a su rotura como posible causa, en los hechos solo se especifica que comiendo en su casa Mayte le rompió las gafas sin más explicaciones y en las Causa porque así se lo indicó Mayte mi mujer y en base a lo que le dijo la mediadora, que estaban en la silla , por tanto, esa declaración no tiene validez al ser condicionada, al igual que la resolución dado que la compañía alega que la silla no es sitio para dejar las gafas y nadie ha dicho que se dejarán en la silla. La interpretación de la compañía sin pedir más explicaciones ha realizado un juicio malintencionado, falta de ética profesional,  saltándose el código de buenas conductas, para aplicar el código civil según sus intereses particulares, esto tiene penas no solo civil, sino penal, apertura de expediente sancionador contra dicha compañía y en caso de existir otros casos. La posible perdida de licencia . Por cierto fue mi mujer quien le dijo a Silvia que dejara las gafas sobre las telas mientras comían, que ahí estaban más seguras , Mayte también dejó las suyas en señal de confianza. De entrevesado nada , simple mente hechos y con más testigos presentes, tenemos las grabaciones de voz y wassap de la mediadora donde se puede ratificar todo. En casa. Cámaras de seguimiento y las grabaciones de voz de dicha secuencia que según ustedes es enrevesada,  en la puerta de la entrada a casa placa identificativa del sistema de alarma done especifica  sistema de grabación y Silvia nuestra amiga conocedora del tipo de alarma que disponemos , pero esto será utilizado como último recurso en caso de ir a los tribunales, ahora solo se lo comunicaré a la aseguradora como advertencia sin amenazas. Se siguen postulando igual ?

Después de todo lo dicho no deforma recambolesca ni enrevesada? , Ustedes creen que se dedican a aconsejar, se hacen llamar todo expertos, estoy hablando con profesionales o esto en un mero chat consultorio para tontos. Con perdón de la expresión y sin ánimo de ofender, a tenor de lo expuesto / respuestas.

"Se hacen llamar todo expertos"

No me habrá oído (leído) usted decir eso de mí mismo. De todas formas, dada su falta de educación, finaliza aquí mi intervención. Que tenga suerte con su reclamación.

Bastante educación tengo y paciencia; ni recambolescas ni enrevesadas han sido mis declaraciones, yo si termine mi intervención anteriormente con usted, suerte igualmente en el consultorio...

No, claro, ni rocambolesco ni enrevesado.

De una explicación tan simple como:

"Mi mujer se sentó en la silla donde estaban las gafas"

Como la aseguradora dice que la silla no es sitio para dejar las gafas, pasamos a:

"Dejamos las gafas sobre la mesa, junto a unas telas. Movimos las telas un poco, con la mala suerte de que las gafas cayeron sobre la silla y no nos dimos cuenta porque el mantel no permitía verlas. Al mover la silla para sentarnos, las gafas cayeron al suelo y no lo vimos. Apoyamos la silla sobre las gafas y no nos dimos cuenta, pero como la silla bailaba, hicimos varios movimientos con ella para asentarla bien, con la mala suerte de que, como estaba sobre las gafas, se rompieron las dos lentes y la montura. Pero claro, todo esto no lo comentamos desde el principio porque nos parecía irrelevante. Nuestra mediadora pensó que era mejor decir que nos sentamos sobre las dichosas gafas porque estaban sobre una silla"

Cierto... no es rocambolesco ni enrevesado, pero me encantaría ver la cara del tramitador del siniestro al leer sus alegaciones.

Ya nos contará cómo acaba su reclamación.

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Ella no cuidó de sus gafas; está claro; normalmente uno no tiene que andar como si hubiera cosas delicadas en cualquier sitio, ya que las cosas delicadas tienen que ponerse en sitio seguro. Y esas gafas no estaban en sitio seguro; ni mucho menos. Si no se hubieran roto, podrían haberse perdido, etc. Si se hubieran doblado esas telas también podrían haberse caído al suelo y romper igualmente; e incluso alguien podría haberse hecho daño con ellas.

Tú lo que hiciste fue retirar la tela, y sentarte.

Ella dice que dejó las gafas encima de la mesa y estaban a la vista, acaso la mesa no es un lugar seguro?, Si mi mujer por descuido o no darse cuenta la tira a la silla y después al suelo y finalmente se las rompe, no es responsable por daños materiales a terceros? Que se entiende por lugar seguro, acaso existe un sitio específico para dejar las gafas y exclusivo, no sé dónde está esa normativa que aludes? 

Cuál sería un sitio seguro, por cierto, voy a ser más explicito,  las gafas que dejó en la mesa estaban dentro de su funda se estima las gafas como la que más, mi mujer las golpeó involuntariamente y sin darse cuenta y cayeron, las gafas fueron a parar a la silla y  la funda por otro lado al suelo en la cuna de nuestra perra , no pudo oírlo y sin ver tampoco qué las gafas se habían quedado en la sila y al sacar esta de debajo de la mesa para sentarse, las gafas finalmente aparecen en el suelo junto a una de las patas de la silla creemos, porque , una vez sentada mi mujer movió la silla sentada , pillando con las patas de la silla las gafas y se las rompió...eso sí lo oyó y se vio , la montura quedó enganchada a la pata.... Seguro que nos exime de responsabilidad?

Esto no es una película son los hechos tal cual se produjeron a nuestro entender ya que la funda aparece en la cuna de mi perra y las gafas rotas debajo de la silla donde estaba sentada mi mujer. en una pata de la silla. La que nos reclama daños estaba sentada al otro lado de la mesa , solo mi mujer estaba poniendo la mesa y recolocado las cosas para comer y por descuido las tiro sin sin darse cuenta.

Ella, si es una visita, no tiene que dejar nada encima de una mesa, al menos sin pedir permiso, y si hay un motivo que lo justifique. Y entendí, a mayores, que la mesa estaba llena de telas, o con telas.

Puede uno, efectivamente, en su casa, y conociendo las circunstancias, colocar las gafas en una mesa, etc., pero no las pone en una mesa cuando va de visita (a lo mejor a la dueña de la casa no le gusta verlas en ese sitio, ese objeto puede condicionar el que no pueda usarse ese espacio para otro asunto, etc.).

¡Gracias!  Pero pero no doy información " pausible", deja las gafas encima de la mes a petición expresa de mi mujer, y en señal de confianza,  deja previa mente mi mujer las suyas, estaban cosiendo unas telas , la igual que de dejaron material de costura y la máquina de coser, la mesa es suficiente mente larga como para comer a un lado de la mesa y no requiere el retirar el resto ya que la intención es seguir después de comer.

Pues si tu mujer le pidió expresamente que dejase allí las gafas, de alguna manera se hizo responsable de ellas, así que lo mejor será que le abone las gafas, y os quedáis todos tranquilos.

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