Tributar por venta de vivienda
Me gustaría trasladar una cuestión a ver si alguien podría sacar de dudas. Tengo entendido que el tributo a hacienda por venta de vivienda está exento siempre y cuando el dinero de la venta sea invertido en una nueva vivienda que vaya a ser habitual. Pero que se considera invertir en esta nueva viviendas:
¿Amortización de la hipoteca de la nueva vivienda?
¿Justificar mediante las certificaciones ( al ser autopromotor) emitidas por el empresa que está construyendo la casa?,
¿Se considera el mobiliario como inversión?...
Es considerado inversión todos gasto generados en la construcción la casa (compra de terreno, tributos pagados, honorarios de arquitectos, licencias...¿)?
¿Cuándo tiempo tengo de plazo para invertir el dinero de la venta en la vivienda?
¿Cómo se justificaría en la declaración?
En caso de invertir parcialmente el dinero, ¿tributaria por el dinero restante que no ha sido invertido?
¿Qué porcentaje tributa?