I. Hola Lucía, aunque debe responderle un abogado o un experto, quisiera comentarle lo mismo que a otras dos señoras que consultaron hace unos meses. En el delito leve por por hurto, dada la escasa cantidad de dinero que normalmente poseen la suma de los artículos, la pena es económica y mínima - de 100 a 300 Euros a lo sumo- y prescribe (desaparece sin dejar consecuencias) de la ficha de la persona a los tres años, además creo que en ocasiones suele ofrecerse la opción de 'permutar' o cambiar el posible importe de la misma por trabajos a la comunidad. La duración de estos servicios o trabajos serán impuestos por el juez, en función de su valoración particular.
En relación a su consulta deseaba dejarle el siguiente texto, extraído de la página 'eliasymunozabogados.com'
- El juzgado de lo penal que emite la citación y la resolución por la cual se ha realizado.
- Nombre, apellidos y dirección de residencia del investigado.
- La fecha.
- El procedimiento por el que se está investigando al sujeto.
- Motivo de la citación.
- Día, hora y sede judicial a la que el investigado debe acudir.
- Advertencia de que está obligado a acudir al llamamiento y las consecuencias judiciales que sufrirá si no lo hace.
¿Qué ocurre si no se encuentra en casa?
Es posible que, en el momento de llegar el cartero a su domicilio, usted no se encuentre en casa. En este sentido, podrá dejarle la notificación a cualquier residente en el domicilio o vecino siempre que sea mayor de 14 años. Todos ellos tienen la obligación de notificarle al investigado la citación. Si no lo hacen, pueden ser multados
También puede suceder que el sujeto investigado carezca de un domicilio registrado. En ese caso, el juez ha de poner todos los medios que estén a su alcance para hacerle llegar la notificación. Todo ello se engloba dentro del artículo 24 y sus diferentes subsecciones de la Constitución, el cual hace referencia a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia y al derecho de defensa.
Como decía no puedo ayudarle directamente por mi ignorancia pero querría dejarle un poco de información que tal vez no haya visto todavía. Le ruego disculpe la imprecisión y las molestias de lectura, mucho ánimo.
https://www.todoexpertos.com/preguntas/7ysgpv8usa36su4y/juicio-por-hurto-en-primark-gran-via
https://www.mundojuridico.info/el-delito-leve-de-hurto-por-cuantia-inferior-a-400-euros/
https://www.todoexpertos.com/preguntas/9c9ke4ddu7usdns8/citacion-juicio-rapido-por-hurto
https://www.todoexpertos.com/preguntas/7gdptbk53yqmextn/juicio-rapido-por-hurto-en-primark
https://www.todoexpertos.com/categorias/humanidades/derecho/respuestas/mtxmtnc4fb16o/se-puede-ir-a-la-carcel-por-una-falta-de-hurto-en-una-tienda-de-ropa
**Si es mayor de 14 años, la Fiscalía de Menores iniciará un expediente de reforma que finalizará con una audiencia en el Juzgado de Menores del lugar donde ocurrieron los hechos.
Necesitará de la asistencia de abogado, ya que es obligatorio, y, si no designa uno particular le asignarán uno de oficio, al que tendrá que pagar sus honorarios salvo que tenga derecho de asistencia jurídica gratuita.
De ser condenado lo normal es que le imponga o unos días de trabajos en beneficio de la comunidad o permanecer algún día en su domicilio. (Arresto domiciliario).
La condena no le implicará antecedentes penales desfavorables.**
**Los hurtos, que es su caso, se califican de baja, alta o muy alta cuantía y además deben ser denunciados por la persona ofendida, en este caso el Centro Comercial. Probablemente, caso de denuncia, que allí le llaman queja, el Juzgado les podría imponer una multa también de muy baja cuantía en proporción al valor de lo sustraído.**